CIUDAD DE MÉXICO.- Si has recibido llamadas en la madrugada o mensajes intimidatorios por correo por parte de un despacho de cobranza, éstos podrían ser multados si no cumplen con nuevas disposiciones a las que estarían sujetas próximamente.
Antes de que concluya el año, se planea que estas empresas actúen bajo regulaciones más estrictas y serían las mismas instituciones bancarias las que las supervisen, de acuerdo con Mario Di Constanzo, presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
Éstos son los cinco principales cambios que podría haber en la regulación para este tipo de empresas:
1. No omitir información de la empresa. Los bancos que contraten a un despacho de cobranza deberán inscribir en el nuevo Registro de Despachos de Cobranza (Redeco) a las empresas que contraten. Este registro estará bajo la tutela de Condusef y deberá contar con nombre del despacho, nombre de los socios, domicilio, número de teléfono y nombres de las personas encargadas de la cobranza.
2. No más llamadas en la madrugada. Los bancos deberán supervisar las horas a las que se comunican con los clientes y estos horarios deberán ser hábiles de oficina.
3. No podrían utilizar números privados.
4. No más molestias a quien no debe el dinero. Las llamadas a personas que hayan sido registradas como referencia comercial o beneficiario de una cuenta estarían sujetas a sanción. Sólo se podrá cobrar a un tercer cuando éste sea obligado solidario o aval de un adeudo.
5. No podrían reincidir en las llamadas. El proceso de aclaración para aquellas personas que reciben llamadas y no son deudores deberá ser resuelto en un plazo máximo de 15 días. La multa por queja o reincidencia de llamadas por parte del despacho será desde 10 mil hasta 100 mil pesos.
Con información de Jeanette Leyva
Economía