En una rápida sesión a puerta cerrada y tras banderas del salón de sesiones, la Comisión de Radio y Televisión de la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que derogan las facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de poder suspender las transmisiones de los concesionarios que incumplan con la leyes que protegen los derechos de las audiencias.
El dictamen –que será debatido en breve en el pleno de los 500 legisladores- elimina la obligación de los concesionarios de distinguir entre lo que es opinión e información, y prácticamente todas las facultades sancionatorias de instituto.
La parte medular de la reforma se centra en la derogación de tres preceptos centrales, que incluso dieron motivo a las controversias constitucionales por lo que se consideraron "excesos del IFT" sobre la vigilancia y regulación en el manejo informativo en los medios de comunicación:
-La Fracción LXI de Artículo 311, incisos b y c, que señala: "Ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en esta Ley en las materias a que se refieren las fracciones LIX y LX de este artículo, previo apercibimiento".
-La Fracción XIV del Artículo 17, que dice: "Constituir un Comité conformado por tres comisionados para ordenar la suspensión precautoria a la que se refiere la fracción LXI del artículo 15 de esta Ley".
-La Fracción IV del Artículo 216, que establece: "Ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones que violen las normas previstas en esta Ley en las materias a que se refieren las fracciones II y III, previo apercibimiento".
El documento fue avalado por 14 votos a favor del PRI, PAN y PVEM, tres en contra del Morena y MC y una abstención del PRD. Estuvieron sólo 19 de los 26 que integran la Comisión de Radio y Televisión.
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