Para el 8 de mayo, las 11 mil 925 estaciones de servicio que operan en el país deberán exhibir sus precios vigentes, así como su número de permiso, en caso de incumplimiento, serían sancionadas con una multa de entre 15 mil a 450 mil veces el importe del salario mínimo, es decir, de entre 1.3 hasta más de 39 millones de pesos, de acuerdo con la Ley de Hidrocarburos.
En noviembre de 2017, el órgano regulador fijó en el Acuerdo A/047/2017 un plazo de 180 días para que las gasolineras expusieran el costo por litro sin descuento por volumen, sin comisiones y sin el cobro de servicios adicionales, plazo que se cumple en los primeros días del siguiente mes.
El acuerdo también señala que "los tableros de precios tendrán que colocarse en las estaciones de servicio de manera que sean legibles a una distancia de al menos 20 metros, debiendo estar iluminados de forma adecuada en cualquier momento".
Obligación cercana.
Las casi 12,000 gasolineras que operan en el país tendrán la obligación de mostrar los precios de los combustibles que comercializan, así como su número de permiso, hasta mayo próximo.
Sanciones fuertes.
De no hacerlo, se harían acreedores a multas de hasta 39 millones de pesos y no es necesario que coloquen tableros electrónicos, basta con que sean visibles a una distancia mínima de 20 metros.
Sin embargo, Roberto Díaz de León, presidente de la Organización de Expendedores de Petróleo (ONEXPO) explicó, en entrevista con El Financiero, que tal anuncio no significa que debe ser en marquesinas digitales.
"Cada gasolinera o estación de servicio podrá tomar en cuenta algunas consideraciones: si prefieren tenerlo LED o precios manuales; todo depende de la propuesta de valor, a la franquicia o modelo de negocio", señaló.
En ese sentido, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) indicó que en caso de utilizar estructuras independientes, éstas deben cumplir con cualquier normatividad aplicable, de manera enunciativa, en materias de fabricación, seguridad, ambiental y construcción.