Economía

Hay prórroga para usar DF, en lugar de CDMX en facturas

El SAT no aplicará multas a los contribuyentes que expidan o reciban facturas con las siglas del DF, las cuales tendrán validez para efectos fiscales.

Las facturas emitidas con domicilio en el Distrito Federal (DF), en vez de Ciudad de México (CDMX) serán válidas para efectos fiscales, por lo que tampoco se aplicarán multas con este error, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el apartado de Preguntas y Respuestas sobre Comprobación Fiscal, publicado este lunes en su página de internet.

"Las referencias al Distrito Federal en las facturas electrónicas, se entenderán hechas en la Ciudad de México y tal situación no se considerará infracción a las disposiciones fiscales", refiere el SAT.

Nelly Maldonado, directora general de la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación (AMEXIPAC), explicó que esta disposición se publicó como una prórroga, al último día en que se permitiría tener el error y que sería el 31 de enero, sin embargo, ahora con los cambios, la fecha límite será el 30 de junio de este año.

El fundamento legal que sostiene esta disposición es el artículo 29-A, fracciones I y II del Código Fiscal de la Federación y la regla 1.10 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Maldonado detalló que esto es porque el primero de julio, es la fecha en que entrará en vigor la versión 3.3 del estándar para la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales (CFDIs). Actualmente se utiliza la versión 3.2, comentó.

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