Economía

Pemex dejaría de controlar gasolinas

Si la Ley de Hidrocaburos es aprobada como está redactada, para instalar una estación de servicio que no sea parte de Franquicia Pemex, se deberá contar con un permiso expedido por la Comisión Reguladora de Energía.

CIUDAD DE MÉXICO.- Las nuevas estaciones de gasolina de empresas privadas no necesitarán comprar la gasolina de Petróleos Mexicanos (Pemex). Lo anterior si la Ley de Hidrocarburos es aprobada tal y como está redactada en un borrador a la que EL FINANCIERO tuvo acceso.

Para poder instalar una estación de servicio que no sea parte de la Franquicia Pemex será necesario contar con un permiso expedido por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), puntualiza el documento.

"Será indispensable contar con el permiso respectivo, para la realización de las actividades sin necesidad de tener suscrito un contrato de suministro o franquicia Petróleos Mexicanos", señala el texto.


Además los contratos vigentes de la Franquicia Pemex que otorgan permisos para comercialización y que concluyan antes del primero de enero del 2015 serán prorrogados hasta que el órgano regulador esté en posibilidades de dar permisos a despachadores privados, en una fecha que aún está por definirse.

"En el caso de los contratos de franquicia cuya vigencia concluya con anterioridad al primero de enero del 2015, se tendrán por prorrogados por ministerio de Ley hasta dicha fecha (por definir), momento en el que surtirán efectos los permisos que expida la Comisión Reguladora de Energía a que se refiere el artículo 42 de esta Ley", indica el sexto artículo transitorio.

El artículo 42 establece que para llevar a cabo el expendio al público de gas licuado de petróleo (LP), se requerirá de autorización previa de la Secretaría de Energía (Sener), mientras que para el expendio al público de gas natural comercial y de petrolíferos será necesaria la autorización de la CRE.

Para las empresas o personas físicas que tienen contratos de distribución de gasolina con vigencia posterior al 1 de enero del 2015 no habrá problemas pues lo podrán seguir haciendo, de acuerdo al documento citado.

"Los titulares de contratos de franquicia celebrados con Petróleos Mexicanos y vigentes a la entrada en vigor de la presente Ley, así como los que sean celebrados o prorrogados para tener vigencia con posterioridad al 1 de enero de 2015, podrán realizar el expendio al público amparado por dichos contratos, hasta el treinta y uno de diciembre de XXXX (año), siempre que el contrato permanezca vigente", establece la Ley de Hidrocarburos.

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