Economía

SAT ‘abusa’ de lista de empresas fantasma, dicen expertos

La autoridad fiscal abusa de este listado para fiscalizar a los contribuyentes mediante auditorías y cancelar los certificados de sellos digitales.

El listado de empresas fantasma que difunde periódicamente el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se ha convertido en un esquema que el fisco utiliza para fiscalizar a los contribuyentes mediante auditorías y la cancelación de los certificados de sellos digitales, coincidieron especialistas.

El listado de empresas fantasma surge del Artículo 69B del Código Fiscal de la Federación, que establece que cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha emitido comprobantes sin contar con las condiciones para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, se presumirá la inexistencia de esas operaciones.

Sin embargo, expertos consideraron que en ocasiones el SAT 'abusa' de ese artículo, al pedirle al contribuyente que compruebe la materialidad de las operaciones, cuando ya se concretaron.

"Preocupa que es una disposición para los defraudadores y los que no pagan impuestos, pero lo que es terrible es que la autoridad le aplique esa presunción al empresariado mexicano que está trabajando y tiene locales establecidos", dijo Diana Bernal, titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

En el primer semestre del presente año, la Prodecon ha recibido 87 quejas de contribuyentes porque el SAT les inició auditorías por tener presuntamente operaciones inexistentes.

Al 15 de junio, la Prodecon recibió 556 quejas por cancelación de certificados de sello digital; casi 10% relacionadas al artículo 69B.

Al cierre de mayo, el SAT ha enlistado a 6 mil empresas fantasma en el Artículo 69B, que se estima han facturado alrededor de 1.6 billones de pesos.

De 50 casos que recibe Prodecon con problemas en auditorías, 10 por ciento está o están por aparecer en la lista del 69B, porque el SAT los acusó de que sus operaciones no tienen materialidad. La consecuencia de estar en el registro es que les cancela el certificado de sello digital.

Para Manuel Sainz Orantes, socio en Chevez, Ruíz, Zamarripa, dicho artículo pretendía acabar con los defraudadores, pero "el SAT también ha abusado porque se le ha aplicado a infinidad de empresas porque el fisco lo ve como un procedimiento muy ágil para verificar cumplimiento y además sabe que genera temor al contribuyente estar alrededor de dicho artículo".

Gaspar Paulín, magistrado del Décimo Cuarto Tribunal Colegiado del Primer Circuito, expuso que el fin que persigue el Artículo 69B se está tergiversando, al encuadrarlo en comprobación, es decir, para verificar disposiciones fiscales.

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