Las versiones públicas de las actas constitutivas de las empresas que participan en las contrataciones para la construcción del Tren Interurbano México-Toluca, deben ser públicas, informó Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Un particular solicitó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que le proporcionará las actas constitutivas con las que las empresas denominadas La Peninsular Compañía Constructora S.A. de C.V. y Constructora de Proyectos Viales de México S.A. de C.V., participaron como consorcio para el desarrollo del proyecto objeto del contrato DGTFM-19-14, correspondiente al Tren Interurbano México-Toluca.
Ante ello, la SCT calificó dicha información como clasificada y confidencial, ya que comprende hechos y actos con carácter económico, contable, jurídico y administrativo de la citada persona moral y, en ese sentido, al hacer públicos los datos requeridos se pondría en desventaja a los titulares de la información frente a terceros.
Sin embargo, el INAI concluyó que las actas constitutivas no otorgan ventaja competitiva o método de distribución o comercialización de las actividades de las empresas, toda vez que contienen información relativa a su constitución y establecimiento, necesarios como sociedad mercantil y no se trata de información que no sea del dominio público.
Por lo anterior, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la SCT y le instruyó a entregar al particular las versiones públicas de las actas constitutivas de las empresas, en las que únicamente deberá testar, nombre, nacionalidad y domicilio de personas físicas, así como las aportaciones de los socios en el capital.
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