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Radios comunitarias sobreviven sin ingreso federal ni publicidad

De acuerdo con expertos,  el principal problema radica en la provisión legal, pues la nueva ley restringe a las radios comunitarias para tener ingresos propios.

El reciente refrendo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de la validez del artículo 89 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión respecto a que las radios comunitarias tienen prohibido obtener recursos de la venta de publicidad comercial, abrirá un nuevo debate para estos concesionarios sobre las vías para obtener fondos.

En este sentido, la discusión de los concesionarios podría volcarse ahora aún en lo dispuesto en la fracción VII de ese artículo, que establece que los concesionarios de corte social obtendrán sus ingresos por la venta de publicidad a los entes públicos federales, los cuales destinarán el 1 por ciento del monto recaudado para servicios de comunicación social.

Raúl Trejo Delarbre, experto en medios de comunicación, señaló que el principal problema radica en la provisión legal, pues la nueva ley restringe a las radios comunitarias para tener ingresos propios.

"Las comunitarias no pueden comercializar y no pueden tener ningún patrocinio pero sí tienen derecho al 1 por ciento del conjunto de la inversión del estado en medios de comunicación, una disposición que ya cumplió 2 años mientras el IFT se ha retasado para establecer las reglas para esta distribución", detalló.

En ese sentido, comentó que ese 1 por ciento asciende a varios miles de millones de pesos, un monto que ya tendrían que haber recibido las radios comunitarias y que aun así, resulta insuficiente, a pesar de ser la fuente de financiamiento que la ley establece.

"Mientras no haya apoyo social a la causa radios comunitarias, éstas seguirán padeciendo las limitaciones que han sufrido hasta ahora", subrayó Trejo Delarbre.

Aunque recientemente el órgano regulador otorgó 4 concesiones en Frecuencia Modulada (FM), la mayoría de las radios comunitarias no están en las mismas frecuencias que las estaciones de radio comercial, sino confinadas a otras frecuencias, que no son las de mayor audiencia.

Por su parte Agustín Ramírez, abogado especializado en telecomunicaciones del despacho de Ouraboros, señaló que aunque la Corte hace una interpretación legal del tema ajustándose a la percepción normativa, desestima lo referente al interés social.

"Este 1 por ciento constituiría una especie de 'canje' que podría poner en riesgo la libertad editorial de los medios comunitarios", agregó Ramirez.

En su opinión, si las radios comunitarias han sobrevivido en circunstancias difíciles, deben insistir en hacer viables las vías de comercialización.

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