Es frecuente que ante un divorcio o una separación, la mujer se queda con los hijos, lo que probablemente derivará en una demanda de pensión alimenticia; sin embargo, si eres papá, es importante que sepas que no hay restricción legal para que puedas demandar alimentos en representación de sus hijos.
De acuerdo con el Código Civil Federal, la pensión alimenticia se define como alimentos, que son todo lo relacionado con salud, vestido, alimentación, educación y esparcimiento de un menor de edad o un hijo incapacitado.
La pensión alimenticia es un porcentaje (15 por ciento como mínimo por menor) que fija el juez de lo familiar para garantizar o cubrir todos los rubros citados, a la cual también tienen derecho los hombres que son padres.
Pero ¿por qué casi siempre las madres son las que ganan la pensión alimenticia? Por lo general el papá abandona la relación conyugal porque ya no está a gusto, porque lo corre la esposa, por infidelidad, porque ya no hay entendimiento o porque el amor terminó, entonces la mamá suele demandar la pensión alimenticia, pero en realidad ninguno de los padres tiene un derecho mayor a demandar.
Anabel Martínez, abogada de la Facultad de Derecho de la UNAM dijo que ambos padres están obligados a proporcionar alimentos a los hijos y en caso que el menor se quede con el papá porque tiene la guarda y custodia del niño, la mamá está obligada a dar alimentos para cumplir con la obligación que marca la Ley.
"El papá podrá demandar a la mamá la pensión alimenticia sin importar que él trabaje o tenga sus propios ingresos; la pensión se fija en virtud de que es una obligación de ambos padres contribuir a la manutención del menor o los menores", expuso.
La pensión alimenticia es un porcentaje de cuando menos 15 por ciento por cada menor, que fija el juez de lo familiar para garantizar su alimentación.
Martínez señaló que es común que las madres demanden porque hay una presunción de que los niños hasta los 12 años deben estar con su mamá dado que es ella quien puede darle los tratados adecuados para su crecimiento.
"El hecho que los papás no demanden es porque en su mayoría los menores quedan bajo custodia materna, a menos que el menor quede en resguardo del papá si se comprueba que la mamá no tiene la capacidad emocional, psicológica o psiquiátrica para cuidar al niño o que haya alguna situación que ponga al menor en peligro si se queda con la mamá", refirió.
La demanda se realiza según el Código Civil donde vive el menor. La pensión se regula en el Código Civil Federal y en los Códigos Civiles de cada estado, pero hay entidades donde hay un Código Familiar como en Oaxaca y Morelos.