Monterrey

Armando Melgoza: ¿Proteccionismo, recaudación o intereses obscuros?

El pasado 22 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio de 2022, por medio del cual se aumentaron aranceles “de forma temporal”, a 544 fracciones arancelarias, correspondientes a bienes de sectores del acero, aluminio, textiles, confección, calzado, madera, plástico y sus manufacturas, productos químicos, papel y cartón, productos cerámicos, vidrio y sus manufacturas, material eléctrico, material de transporte, instrumentos musicales y muebles, con tasas que van del 5% al 50%.

Lo anterior con la finalidad de proteger a la industria nacional en los sectores mencionados, según lo expuesto en dicho decreto, toda vez que del 2018 a 2023, los mismos se vieron afectados por la desaceleración en el crecimiento económico, ocasionada por conflictos geopolíticos y comerciales, aunque habría que añadir a dichos razonamientos las situaciones nacionales que los empresarios han tenido que soportar en ese periodo, que si bien algunas han sido en beneficio de los trabajadores, esto no quita el impacto económico que conlleva un aumento de sueldos y pagos de mayores días de vacaciones, así como del pago adicional de los impuestos inherentes a los mismos, sin poder olvidar la pandemia que generó una afectación directa en todas las industrias quienes no tuvieron ningún apoyo para salir adelante.

Si tomamos los razonamientos expuestos en el decreto de forma simple, pareciera resultar encomiable que el Gobierno busque, en términos de las disposiciones legales existentes, proteger a sus industriales y gobernados, sin embargo, ante la falta de datos duros que soporten los aumentos de una manera tan desproporcional, a la par de no existir elementos contundentes que tomen en cuenta la afectación a otras industrias, quienes no pueden acceder a un Programa Sectorial por las limitantes legales de los mismos, no nos queda más que pensar que esta medida tiene otros fines que no se relacionan con lo expuesto por el Ejecutivo.

Como ya se ha indicado de los datos existentes observamos que no existe un soporte que justifique el aumento de los aranceles en el monto publicado, pasando por alto que si bien el arancel puede usarse como una herramienta para frenar o desacelerar la importación de determinados bienes para proteger a la industria nacional, también lo es que dicha medida no debería de afectar a otras industrias de manera tal que las ponga en riesgo o en su caso existir un análisis claro entre costo y beneficio de todos los que se verán beneficiados contra los que se verán perjudicados.

Derivado de lo anterior y más por el momento político en el cual nos encontramos, se generan interrogantes preocupantes como ¿México busca regresar a una economía proteccionista? Lo cual, con la publicación el día 26 de abril del año en curso de una nueva investigación en materia de prácticas desleales en relación con el calzado, pero de oficio, es decir, sin la solicitud de la industria nacional, pareciera que nos lleva a contestar afirmativamente, lo cual es preocupante.

Si este fuera el caso el Gobierno primero se tendría que trabajar con la creación de las industrias que soporten la fabricación de los bienes que no se producen a efecto de no afectar a la industria y a las que ya existen buscar su mejora.

¿Con el aumento de los aranceles lo único que se busca recaudar? Si es así, ¿cual será el destino de lo recaudado? ¿Al destino general como cualquier contribución de comercio exterior? O ¿Será para proyectos que al día de hoy les faltan recursos?

Si bien no puedo saber el fin real de la medida, aunque me gustaría pensar que todo fue debidamente analizado y si bien algunos lamentablemente se verán afectados, el beneficio de la mayoría será lo que se busca, si puedo decir que no veo claridad cuando la misma es necesaria hoy y siempre, ya que la facultad del artículo 131 Constitucional no es, y no debe ser, irrestricta.

El autor es Socio Director del Despacho MFB. Autor del Libro “Procedimientos Aduaneros”.

Contacto: amelgoza@mfb.com.mx.

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