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Acepta Senado que su Ley 3 de 3 a particulares era ‘arbitraria’

Violenta derechos humanos de personas físicas y morales, admiten legisladores.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Comisión Anticorrupción y Participación Ciudadana del Senado de la República reconoce en el dictamen sobre las observaciones del presidente Enrique Peña Nieto a la #3de3 a particulares, que se extralimitó en sus facultades legislativas al aprobar una "norma arbitraria", que incluso violenta los derechos humanos de personas físicas y morales.

El órgano parlamentario, que preside Pablo Escudero Morales, del PVEM, también aceptó que de haber aplicado este ordenamiento –que obligaba a particulares que recibieran recursos públicos a presentar sus declaraciones patrimoniales, de intereses y fiscal–, "se aplicaría de manera indiscriminada a todas las personas que reciban recursos públicos sin distinción".

En la exposición de motivos del dictamen, que se discutirá este martes en la mañana en comisiones unidas y a partir del mediodía en sesión extraordinaria en el pleno de la Cámara alta, se señala que este esquema se pudo haber extendido a "personas que reciben beneficios de programas sociales, estudiantes que gozan de becas en escuelas públicas o a personas físicas que presentan servicios a empresas con cualquier tipo de contrato público".

El texto señala que si bien el precepto aprobado en el Senado, en el pasado periodo extraordinario, tiene como finalidad instaurar un mecanismo para prever e investigar actos de corrupción en los que participan particulares y servidores públicos, a través del seguimiento y la evaluación patrimonial de personas físicas y morales que ejerzan recursos públicos o contraten bajo cualquier modalidad con el Estado mexicano, "esta obligación puede constituir una intromisión en la esfera jurídica de las personas físicas y morales".

Destaca además que esta "intromisión" se pudo haber dado en la privacidad de las personas físicas y morales, ya que "puede imponer una carga desmedida a los particulares que reciben recursos públicos, tanto directa como indirectamente".

También se reconoce en el dictamen que la obligación de presentar declaraciones de evolución patrimonial y de intereses a los particulares, como refiere el Artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, "establecen una carga a los particulares sin distinguir la situación específica en la que se encuentran frente al Estado, por lo que constreñir con las mismas obligaciones a sujetos que se encuentran en circunstancias distintas, vulnera el principio de igualdad".

No obstante, el dictamen puntualiza que esto no implica que los particulares no deban someterse a reglas legales que entablen con el Estado, sino que las cargas que se les impongan deben ser racionales y proporcionales.

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