Nacional

CNDH pide mantener vinculadas con el exterior a personas recluidas

La dependencia, en la recomendación 33/2018, llama a establecer protocolos para corregir las limitaciones al libre desarrollo de la personalidad.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida al secretario de Gobernación, a la gobernadora y gobernadores de las entidades federativas, al jefe del Gobierno de la Ciudad de México y al Comisionado Nacional de Seguridad, sobre el derecho a mantener la vinculación con el exterior de las personas privadas de la libertad en los centros penitenciarios de la República Mexicana.

En ella se reconoce la importancia de visibilizar y atender el mencionado derecho de esas personas, por el importante papel que representa desde la perspectiva de la organización y disposición del régimen penitenciario y por tratarse de una herramienta fundamental para la reinserción social, al garantizar el ejercicio de los derechos de la persona recluida y al libre desarrollo de la personalidad.

La dependencia, encabezada por Luis Raúl González Pérez, en la recomendación general 33/2018, llama a establecer protocolos para corregir las limitaciones al citado derecho que contravienen lo dispuesto en los artículos 1, 18 párrafo segundo y 19 párrafo séptimo constitucionales.

Se indica en el documento que las autoridades del sistema penitenciario deben proporcionar y facilitar a las personas privadas de la libertad los servicios de visita familiar, visita íntima, visita de locutorios, visita de abogados defensores, visita de asistencia social y religiosa, comunicación telefónica, correspondencia y biblioteca, así como diversos medios de comunicación electrónicos, impresos y equipos de cómputo, estos últimos para efectos de aprendizaje, todo ello dentro de la seguridad que establece la ley y bajo estricta supervisión externa.

Se argumentó que se trata de una faceta externa de libertad de expresión o de adecuación en espacios vitales que no pueden ni deben ser restringidos por el Estado bajo ninguna circunstancia o condición jurídica, con lo cual se protegen los derechos relativos a la familia, salud, autonomía personal y a la asistencia letrada.

La implementación de programas con autoridades corresponsables, de conformidad con la Ley Nacional de Ejecución Penal, fue aspecto importante a considerar, así como los relativos a la atención postpenitenciaria, con el fin de fortalecer la participación de la familia y grupos sociales de apoyo.

Por lo anterior, la CNDH recomienda a las autoridades destinatarias de la recomendación impulsar la adopción de una política pública nacional que reglamente y genere protocolos respecto de las acciones de la vinculación de la prisión con el exterior, centrado en el respeto a los derechos humanos y orientado a la reinserción social de las personas privadas de la libertad.

También lee: