CIUDAD DE MÉXICO. La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley General para el Control del Tabaco, a fin de prohibir su consumo o encendido también en instalaciones y espacios deportivos o para llevar a cabo actividad física.
El dictamen surge de una iniciativa que presentaron en mayo de 2014 los diputados de Movimiento Ciudadano, Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, que reforma el artículo 26 de la Ley General para el Control del Tabaco, aprobada en el pleno por 386 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones y fue turnada al Senado para su análisis.
Con esta reforma, ahora se consideran a las instalaciones y espacios deportivos o para llevar a cabo actividad física, como lugares prohibidos para consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco.
"Queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco en los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco, así como en las escuelas públicas y privadas de educación básica y media superior; en instalaciones y espacios deportivos o para llevar a cabo actividad física", establece el artículo 26.
Anteriormente, la Ley General para el Control del Tabaco sólo prohibía a las personas consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco en los espacios cien por ciento libres de humo de tabaco, así como en las escuelas públicas y privadas de educación básica y media superior.
En las consideraciones del documento se refiere que la epidemia mundial del tabaquismo mata cada año a casi seis millones de personas, de las cuales más de 600 mil son no fumadores, que fallecen por respirar humo ajeno.
"Si no actuamos, la epidemia matará a más de ocho millones de personas al año de aquí a 2030. Más del 80 por ciento de esas muertes evitables se producirán entre las poblaciones de los países de ingresos bajos y medianos", se señala.
También se indica que hay más de cuatro mil productos químicos conocidos en el humo de tabaco y que más de 50 de ellos producen cáncer.