Nacional

Estos son los cambios más relevantes al Reglamento de Tránsito en CDMX

A partir de este sábado 17 de febrero entrarán en vigor las modificaciones, con base en lo establecido este viernes en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

A partir de este sábado 17 de febrero, los vehículos que circulen en carriles exclusivos para el transporte púbico o en contraflujo serán remitidos al corralón. Asimismo, se suprimirá la utilización de grúas cuando las unidades estén estacionados en lugares prohibidos, aunque no estarán exentos de las sanciones correspondientes.

Las grúas realizarán sólo misiones de apoyo vial, es decir, retiro de vehículos en situación de emergencia o vehículos que bloqueen las vías de comunicación o accesos. Las infracciones serán realizadas sólo por elementos de tránsito.

Con base en lo establecido este viernes en la Gaceta Oficial, la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México (SSP-CDMX), en esta nueva política de operación, se reforman algunos artículos del Reglamento de Tránsito relacionados al correcto estacionamiento de vehículos y el uso del espacio.

Estas amonestaciones también serán aplicables para los conductores que invadan los carriles exclusivos de transporte público al dar vuelta a la izquierda, derecha o en 'U', o cambien de cuerpo de circulación en la misma vía cuando existan señalamientos restrictivos que prohíban estos movimientos.

Sin embargo, se mantienen las infracciones por estas acciones, que van de una multa equivalente de cinco a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México, y la penalización en licencia de conducir de uno a seis puntos.

Tampoco se hará uso de grúa para los vehículos de transporte público, escolar y de personal que carguen combustible con pasajeros a bordo o lleven vidrios polarizados, obscurecidos o con aditamentos u objetos distintos a las calcomanías reglamentarias.

Asimismo, se prescindirá de la utilización de grúas para movilizar a los vehículos para enseñanza que carezcan de un sistema de doble control de frenos, embragues y retrovisores, que permita al instructor controlar la unidad cuando sea necesario con absoluta independencia del aprendiz o no porte la leyenda 'vehículo de enseñanza' en los costados y la parte posterior.

Se prohibirá estacionarse o efectuar reparaciones a vehículos, en caso de contingencia o emergencia, de forma inmediata se debe retirar el vehículo a un lugar distinto donde no obstruya la circulación. También se prohíbe entorpecer la marcha de columnas militares, escolares, desfiles cívicos y similares.

La Secretaría de Seguridad Pública capitalina deberá realizar las acciones necesarias para la implementación de este decreto y actualizar la normatividad institucional.

También lee: