GUADALAJARA.- Los matrimonios gay podrán celebrarse legalmente en Jalisco, luego que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el artículo 260 del Código Civil del Estado, que alude a que las uniones matrimoniales son sólo entre un hombre y una mujer.
Por unanimidad, los ministros decretaron como discriminatorio el apartado en la legislación de la entidad, bajo argumento de que viola los derechos consagrados en los artículos 1 y 4 de la Constitución.
Así el máximo órgano juzgador del país determinó como procedente la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos contra los poderes Legislativo y Ejecutivo de Jalisco, por reformas al artículo 260 del Código Civil, y también se anularon los apartados 258 y 267 BIS, que constriñen a las parejas formadas por un hombre y una mujer, para hacer legal una unión conyugal.
La resolución será publicada en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco y en el Semanario Judicial de la Federación y su gaceta.
Hasta antes del fallo, las parejas homosexuales debían recurrir a los amparos para contraer un matrimonio reconocido por la ley en Jalisco.
Por otra parte, previendo el sentido de la determinación de los Ministros, la organización conservadora 'Jalisco es uno por los niños', anticipó su respaldo a los diputados que se nieguen a modificar el código civil del estado.