Antonio Cuellar

Una perspectiva más sobre la descentralización

La descentralización será paulatina y tomará los seis años del próximo gobierno. Ojalá se llegue a meditar la responsabilidad en la seguridad jurídica y los derechos de los trabajadores.

Mucho se habla sobre el costo que deberá sufragarse, de llevarse a cabo el proceso de descentralización del Gobierno Federal que ha propuesto el próximo Presidente López Obrador. Existe toda una lógica económica atrás de la idea de distribuir la labor de gobierno a lo largo de todo el territorio nacional. También es contundente el razonamiento que demuestra las causas por las que las funciones de gobierno deben quedar domiciliadas en un mismo sitio, el asiento de los Poderes Federales.

Nada se ha dicho, sin embargo, con relación al efecto inmediato que dicha política forzosamente provocará, en el ámbito jurisdiccional, cuando se trate de resolver en el foro de los tribunales, lo conducente a la validez de los actos que las autoridades emitan frente al particular. La idea del Presidente electo conlleva forzosamente a un desdoblamiento del aparato jurisdiccional, que tendrá un costo paralelo que deberemos soportar los contribuyentes.

¿Descentralizar o no?, esa es la cuestión.

La administración pública, que se conforma por todo este aparato burocrático que depende del Presidente de la República, está compuesta por toda una serie de entidades y dependencias que le reportan, en su más alto nivel, al titular del Ejecutivo Federal.

Sin embargo, de entre todos los órganos que la integran, debemos distinguir las funciones que tienen encomendadas cada una de ellas, para hacer una división necesaria, que distinga a cada una por cuanto a su calidad de depositarias del poder público, a saber: algunas son autoridades, como cada una de las Secretarías de despacho (SCT, SEMARNAT, SENER o SEP), que coadyuvan a la labor del Presidente; y otras son organismos descentralizados que cumplen una función económico/social, para la que el ejercicio de la fuerza pública no resulta indispensable, como la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, Financiera Rural o SEPOMEX, por citar algunas.

Una diferencia esencial entre las primeras y las segundas, es que las Secretarías gobiernan y, por consiguiente, emiten actos obligatorios que se pueden hacer cumplir por medio de la fuerza, lo que conduce a que los gobernados que se vean afectados por ellos los cuestionen con regularidad ante los Tribunales administrativos o del Poder Judicial; mientras que las segundas, a pesar de que emiten actos jurídicos, normalmente provienen del consentimiento o aceptación de aquella persona a quienes van dirigidos, de ahí que su calidad conflictiva sea infinitamente inferior.

Las actividades de gobierno que se atribuyen a la Administración Pública, dependiente del Presidente de la República, deben acompañarlo, pues de su armónica distribución y expedición, con una visión transversal que permita su sana coordinación, depende la correcta marcha del país. Las segundas pueden prescindir de esa cercanía permanente al titular del Ejecutivo, pues aún y cuando atienden demandas de carácter social, muchas de ellas no son estratégicas ni impactan en la marcha cotidiana o en los aspectos económicos o sociales prioritarios de México.

La resolución sobre qué dependencias de la Administración Pública descentralizar resulta determinante, porque si se decidiera modificar la ubicación de las áreas de gobierno, como las Secretarías, simultáneamente deberá tomarse en cuenta: 1) tanto el impacto negativo que producirá en contra del individuo que por su actividad económica o profesional se vea sujeto a la necesidad de realizar trámites ante una multiplicidad de ellas (obtener una autorización para comercializar un fertilizante obliga al empresario a solicitar permisos en COFEPRIS, SEMARNAT, SAGARPA, SHCP y el IMPI, cuando menos); como, 2) el de la necesidad de desplegar tribunales suficientes, capacitados y debidamente equipados, para dar pronta respuesta y trámite al cúmulo de demandas que podrían llegar a necesitarse, precisamente para calificar la legalidad de las resoluciones asumidas por las autoridades. El costo del doble esfuerzo es gravísimo.

Impulsar un proceso paulatino y armónico de descentralización, en el que haya sensibilidad y complacencia con relación a las necesidades del trabajador del Estado, respecto de dependencias de la Administración que, siendo numerosas en personal, no tengan encomendadas responsabilidades prioritarias para el Gobierno, daría como resultado un proceso infinitamente menos costoso, que podría provocar el efecto potenciador del crecimiento para algunas zonas del país que con toda lógica se ha observado.

Cuando se tomó la decisión de migrar al INEGI a Aguascalientes, los resultados inmediatos fueron desastrosos, y el Director General del Instituto se dividía en dos, con oficinas en esa entidad del Centro del país y otras en la Avenida Patriotismo, en Mixcoac. Ha debido transcurrir mucho tiempo para que su marcha sea exitosa, para el país y para los hidrocálidos, que finalmente aprendieron a convivir con la población burocrática inmigrante. CAPUFE es otro ejemplo que ha resultado exitoso en el proceso de descentralización territorial, con la ventaja de que su domicilio, en Cuernavaca, forma una parte casi conurbada de la misma capital del país.

Un factor común en ambos casos, es que, en estricto sentido, son contados los actos que el ahora constitucional autónomo, y el descentralizado de la SCT, pueden llevar a cabo en contra de los particulares. La afectación provocada con motivo de su domiciliación realmente se vio limitada al menaje de los trabajadores que en cada uno de los dos organismos colaboraban.

Es un período de lanzamiento del nuevo gobierno, de sus programas y proyectos. De cualquier modo se ha reconocido que la descentralización será paulatina y tomará, cuando menos, los seis años del próximo gobierno. Ojalá que con el pasar de los días y con el peso de la responsabilidad, se llegue a meditar sobre la trascendencia que, no en lo económico ni lo político, sino en la seguridad jurídica y derecho a la justicia de las personas, una resolución de este tipo puede traer aparejada.

Siendo beneficiosa la desconcentración urbana en la capital y la detonación económica de otras zonas de crecimiento del país, es preferible que se privilegie la concentración de la labor gubernamental en el "Distrito Federal" (por eso esa denominación que sin razón política justificada fue cambiada), y se permita una domiciliación nacional de organismos que coadyuvan con el gobierno, pero no tengan funciones prioritarias con alta demanda contencioso-administrativa.

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