Coordenadas

El Tratado (AMEC)… leído entre líneas

Quintana profundiza en dos temas específicos del Tratado con EU y Canadá: el del sector energía y el de la relación comercial con China.

Uno de los capítulos del AMEC (TLCAN) que causó inicialmente gran tensión fue el del sector energía.

En una primera redacción, se reconocía la reforma energética en México. Tras el triunfo electoral de AMLO y su intervención en la negociación, se pretendió quitarlo por completo. El resultado final fue una redacción de un par de párrafos.

El nuevo capítulo 8 del AMEC, artículo 8.1, apartado 2, dice lo siguiente:

"En el caso específico de México y sin prejuicio de sus derechos y remedios, disponibles en este Acuerdo, EU y Canadá reconocen:

a) México se reserva el derecho soberano de reformar su Constitución y su legislación doméstica;

b) El Estado mexicano tiene la propiedad directa, inalienable e imprescriptible de todos los hidrocarburos en su subsuelo…".

Leído así, pareciera que el gobierno de AMLO deja abierta la posibilidad de reformar la Constitución para echar para atrás la reforma energética, sin que ese hecho entre en conflicto con el nuevo Tratado.

Sin embargo, quienes ya han celebrado contratos con el Estado mexicano para desarrollar proyectos en el área de hidrocarburos, seguirán protegidos por el nuevo Tratado, pues lo que antes estaba en el capítulo 11 ahora pasa al capítulo 14, en el que se detallan las modalidades para reclamar afectaciones a las inversiones de EU en México si éstas se encuentran en sectores de hidrocarburos, telecomunicaciones, generación de energía, transporte y proyectos de infraestructura.

Se consiguió que el próximo gobierno no tenga restricciones para modificar la Constitución, pero a las empresas que ya firmaron contratos en el marco de la reforma energética, se les da certeza en cuanto a la protección de sus inversiones.

Otro de los temas en los que hay que leer entre líneas es el caso de China.

El artículo 32-10 establece que si alguno de los tres países integrantes del AMEC quiere firmar un tratado de libre comercio con una economía que no es de mercado (léase China), debe avisar a sus socios. También se señala que, si no gusta ese acuerdo a alguno de los integrantes del AMEC, puede salirse avisando con seis meses de anticipación.

La realidad es que, aunque no estuviera el artículo 32-10, EU podría salir del Acuerdo invocando el artículo 34-6 del nuevo texto.

Así, mexicanos y canadienses le dieron satisfacción al equipo de Trump, aludiendo al derecho de salirse si México o Canadá firman un tratado con China… pero sin cambiar esencialmente nada de lo que ya el actual TLCAN contiene y que da ese derecho.

El capítulo 33 del AMEC agrega algo que no tenía el TLCAN: la prohibición explícita a los integrantes del acuerdo, de realizar "devaluaciones competitivas" de su moneda y se considera la estabilidad macro y la paridad de mercados como ingredientes necesarios para el acuerdo.

Para vigilar que así se den las cosas, se establecerá un comité macroeconómico.

Este capítulo puede ser muy relevante si alguno de los países tuviera la tentación de incurrir en políticas que amenacen la estabilidad macroeconómica.

Así que, además de los candados que los propios mercados tienen (como las calificadoras de riesgo) ahora será también el nuevo Tratado, el AMEC, un candado más para asegurar que haya estabilidad.

A algunos no va a gustar, pero creo que es muy buena noticia que así haya quedado el acuerdo.

Seguiremos próximamente con el análisis.

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