Colaborador Invitado

Tomar conciencia fiscal, un deber de las empresas

El autor explica las razones por las que las empresas deben tomar conciencia sobre la fiscalización.

Mario Ríos

Socio Líder de Impuestos Corporativos de la Unidad de Negocios Occidente de KPMG en México

Los contribuyentes, conscientes de la era digital en la que están inmersos la cual avanza rápidamente, deben adoptar acciones para garantizar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones fiscales, implementando políticas eficaces que mitiguen los riesgos y les evite incurrir en responsabilidades administrativas y/o penales. La concientización fiscal es una medida que las empresas deben tener presente cada día, para efectos de enfrentar los cambios y nuevas condiciones establecidas por las autoridades fiscales.

Particularmente, se trata de dar cumplimiento a temas como la contabilidad electrónica, comprobantes fiscales digitales por internet (CFDIs), declaraciones normales e informativas, la atención de regulaciones en materia de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida también como Ley Antilavado y tantas otras.

No asumir una verdadera concientización fiscal por parte de las empresas sería un error. Y ser consecuentes con este cumplimiento, sin duda, los llevará a destinar más recursos en plataformas tecnológicas que ayuden a responder a la evolución que ha alcanzado la autoridad fiscal.

Y es que las autoridades han estado llevando a cabo, de manera progresiva, múltiples acciones para fortalecer sus mecanismos de recaudación y vigilancia, lo cual que les ha permitido mayor eficiencia en su labor, a partir del uso de herramientas tecnológicas y modificaciones en los criterios de revisión, análisis y seguimiento de los temas tributarios.

Esta concientización fiscal debe ser vista en dos grandes vertientes. La primera, consiste en hacer un alto en el camino para elaborar un mapeo de los vehículos fiscales utilizados en el pasado, a fin de revisar los alcances documentales de los mismos y ponderar la certeza jurídica de los actos realizados; y la segunda, impulsar la participación activa de comités fiscales integrados por grupos multidisciplinarios.

Entre las razones que respaldan lo anterior se encuentran:

• El aumento de regulaciones y procesamiento de información requerida por las autoridades fiscales

• La cantidad y calidad de la información que el SAT recibe de las empresas en relación con sus transacciones

• La importancia de implementar controles y/o medidas preventivas vs reactivas y/o correctivas

• El uso constante de esquemas de prevención de riesgos que le permitan al contribuyente asegurar que sus operaciones se encuentran debidamente registradas, documentadas y materializadas

• La utilización de nuevas tecnologías que respondan al dinamismo y la velocidad en que se va moviendo la economía en materia digital

• El hecho de que las revisiones ahora encuentren su origen en medios electrónicos, con acceso total y permanente a su contabilidad, genera que la situación fiscal de los contribuyentes esté siendo revisada en tiempo real, es decir, en cualquier momento y durante cualquier día del año, sin que necesariamente se percaten de ello

Por otro lado, la necesidad de implementar acciones de cumplimiento legal de las personas morales se incrementó de manera sustancial con la entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) el 19 de julio de 2017, la reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), del año 2016 y la actualización de los Códigos Penales Estatales para regular los supuestos de responsabilidad penal de las personas morales, pues en dichos ordenamientos legales se recomienda el establecimiento de Políticas de Integridad, Políticas de Prevención del Delito y la creación y/o fortalecimiento de los denominados Oficiales de Cumplimiento dentro de las organizaciones.

En este contexto, corresponderá ahora a los contribuyentes diseñar e implementar políticas efectivas y mecanismos internos de aplicación real, que sirvan para prevenir y mitigar que su empresa sea sujeta de responsabilidades administrativas y/o penales.

*El autor es Socio Líder de Impuestos Corporativos de la Unidad de Negocios Occidente de KPMG en México y Ángel Escorcia Socio de la Práctica Legal de la Unidad de Negocios Noreste .

Nota: las ideas y opiniones expresadas en este escrito son del autor y no necesariamente representan las ideas y opiniones de KPMG en México.

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