CIUDAD DE MÉXICO. Por mayoría de ocho votos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia desechó la solicitud que hizo un grupo de senadores perredistas para que el máximo tribunal de justicia del país se pronunciara sobre la validez de firmas recabadas para llevar a cabo una consulta popular en materia energética.
Luego de que intervinieron los once ministros, se determinó que la Suprema Corte de Justicia no podía opinar sobre la validez de la Ley Federal de Consulta Popular, que apenas se promulgó el viernes 14 de este mes, y establecieron que es el Congreso de la Unión la instancia que está autorizada constitucionalmente para convocar las consultas populares.
Los ministros José Ramón Cossío Díaz, Olga Sánchez Cordero y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena habían planteado que la Suprema Corte de Justicia enviara un comunicado al Senado de la República, para que ésta Cámara, a su vez, enviara al Instituto Federal Electoral (IFE) las cajas que contenían el millón 762 mil firmas que entregaron los legisladores perredistas en diciembre pasado para llevar a cabo dicha consulta, pero una mayoría de ministros no estuvo de acuerdo.
La Suprema Corte de Justicia, tras rechazar esta consulta de los senadores Alejandro Encinas, Mario Delgado, Dolores Padierna y Manuel Camacho Solís, no entró tampoco a la revisión de la reforma del artículo 35 Constitucional que establece la consulta popular y dejó en manos del Congreso la rectoría del procedimiento que tendrá que seguir el Instituto Nacional de Elecciones (INE) una vez que desaparezca el IFE.