En la CDMX está prohibido dejar vehículos o remolques abandonados en la vía pública. Así lo indica el artículo 35 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
Lo primero que debes saber es que, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito, un automóvil abandonado es un vehículo que permanece en un mismo lugar por más de 15 días.
También se considera un auto abandonado a aquel vehículo que acumule residuos que generen un foco de infección, malos olores o fauna nociva.
Según la ley de la ciudad de México, en caso de que vehículo sea abandonado, se sancionará al dueño del mismo con una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.
¿A cuánto asciende la multa por abandonar un auto en CDMX?
La UMA equivale a 96.22 pesos, de acuerdo con el Inegi, de tal manera que solo hay que multiplicar esa cantidad por el número de UMA que establece el Reglamento de Tránsito:
- 10 UMA: 962 pesos con 20 centavos.
- 15 UMA: mil 443 pesos con 30 centavos.
- 20 UMA: mil 924 pesos con 40 centavos.
¿Cómo pedir que se remueva un auto abandonado?
Los habitantes de la Ciudad de México tienen cuatro alternativas para reportar un vehículo abandonado:
- Denunciar a la Unidad de Contacto de la Secretaría de Seguridad Ciudadana a través de su cuenta de Twitter @UCS_CDMX o vía telefónica al 520 89 898.
- Llamar al 911 para realizar la denuncia
- Comunicarse con Locatel a través de su página web, o llamando al 56 58 11 11, este servicio está disponible todos los días del año, las 24 horas del día.
- Escribir una solicitud dirigida al Sistema Único de Atención al Ciudadano (SUAC).
Para habilitar la opción de que el auto sea llevado al corralón, previamente los agentes y/o el personal asignado por la alcaldía donde se encuentre dicho vehículo, dejarán adherido al mismo, un apercibimiento por escrito debidamente fundado y motivado.
Dicho documento hará del conocimiento al propietario, poseedor y/o responsable del vehículo que cuenta con un término de tres días hábiles contados a partir del día siguiente, para que lo retire con sus propios medios.
Si el propietario o encargado del automóvil abandonado hace caso omiso, la autoridad lo hará con cargo a éste.
Si el día señalado para tal efecto, continúa abandonado el vehículo y no estuviera presente el propietario, poseedor o responsable o estándolo se negará a cumplir el acto, se procederá a la imposición de la respectiva infracción por parte del agente autorizado para infraccionar, y a la remisión inmediata del vehículo al depósito correspondiente.