Economía

¿Eres asalariado y tuviste dos patrones en el mismo año? Te tenemos una mala... Estás obligado a declarar al SAT

Si firmaste un nuevo contrato con la empresa que trabajas, te tenemos malas noticias... vas a tener que presentar tu declaración.

Las personas físicas que no están obligadas a presentar su declaración al SAT son las que obtuvieron ingresos por salarios de un solo patrón. (Shutterstock)

Si eres un trabajador asalariado que presta sus servicios para una empresa, pero durante el mismo ejercicio fiscal se te pidió firmar un nuevo contrato porque la compañía para la que trabajas cambió de razón social para efectos contables, te tenemos noticias: para el Servicio de Administración Tributaria (SAT) estás obligado a presentar declaración anual.

A raíz de los diferentes esquemas de outsourcing, hay empresas que periódicamente cambian de la prestadora de servicios que se encarga de administrar los recursos humanos. El problema es que muchos trabajadores desconocen que ese estatus los obliga a presentar declaración anual.

Las personas físicas que no están obligadas a presentar su declaración son aquellas que obtuvieron ingresos por salarios de un solo patrón y tienen ingresos por intereses hasta por 20 mil pesos. Sin embargo, y sin importar el monto de tus ingresos, si tuviste dos patrones durante el mismo año, estás obligado a presentar declaración.

Por ejemplo, si trabajas para la empresa ‘Profesionistas SA de CV’ pero tu contrato está firmado con la firma de outsourcing ‘A’; a mitad de año la empresa te dice que debes firmar otro contrato, ahora con la empresa ‘B’ pero tú seguirás prestando tus servicios para ‘Profesionistas SA de CV’.

“En este caso sí se está obligado a presentar la declaración, porque cambiaste de patrón durante el ejercicio fiscal, aunque sigas prestando servicios a la misma empresa. Para el SAT tú cambiaste de patrón fiscalmente porque ya son dos razones sociales diferentes con una escritura diferente o estatuto diferente”, explicó Juan Manuel Patlán, director de Finanzas del comparador financiero Coru.com.

Indicó que los trabajadores están obligados a presentar declaración anual siempre y cuando hayan tenido dos patrones o más en un mismo ejercicio fiscal, independientemente del monto de sus ingresos.


“Es importante que la empresa que tiene contratado al empleado le dé ese aviso, le diga ‘oye, tú en el ejercicio anterior estuviste contratado por nosotros medio año, pero otro medio año trabajaste para otra empresa, entonces, estás obligado a presentar declaración’, sería bueno que la empresa avise a los empleados”, sugirió Patlán.

El experto recomendó a los trabajadores revisar en el portal del SAT su estatus, es decir, cuando entren al aplicativo para presentar la declaración, encontrarán información precargada en donde le aparecerán todos los patrones para los que trabajó y esa sería una forma de identificar el número de patrones que tuvo.

Debes declarar si...

Eres asalariado y obtuviste ingresos de dos o más patrones de manera simultánea o en un mismo ejercicio fiscal.

Obtuviste otros ingresos acumulables, como honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros.

Percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral, entre otros.

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