La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los periodos de veda temporal para la pesca comercial de atunes aleta amarilla, azul, barrilete y patudo u ojo grande en aguas de jurisdicción federal en el Océano Pacífico, así como en altamar y aguas jurisdiccionales extranjeras del Océano Pacífico Oriental (OPO) para los años 2022, 2023 y 2024.
La veda aplica para embarcaciones atuneras de bandera mexicana de 182 y más toneladas métricas de capacidad de acarreo que utilizan redes de cerco y embarcaciones de palangre de más de 24 metros de eslora total, que se encuentran comprendidas en el área delimitada por el litoral de América del norte, central y del sur, en el siguiente periodo:
De las 00:00 horas del 29 de julio hasta las 24:00 horas del 8 de octubre de 2022, 2023 y 2024.
De forma alternativa, los titulares de permisos de pesca comercial para embarcaciones atuneras de bandera mexicana de 182 y más toneladas métricas de capacidad de acarreo que utilizan redes de cerco y embarcaciones de palangre de más de 24 metros de eslora total se podrán sujetar al siguiente periodo de veda
De las 00:00 horas del 9 de noviembre (2022, 2023 y 2024) hasta las 24:00 horas del 19 de enero (2023, 2024 y 2025).
Las embarcaciones atuneras de vara, embarcaciones de palangre de menos de 24 metros de eslora total, embarcaciones de pesca deportivo-recreativa y las embarcaciones cerqueras, iguales o menores a 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo, quedan fuera de estas disposiciones.
El acuerdo refiere que el representante legal de cada embarcación deberá notificar antes del 23 de mayo a la oficina de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) más cercana su voluntad de respetar el periodo de veda, el cual busca contribuir al aprovechamiento responsable de los recursos pesqueros del país.
En caso de no recibirse dicha notificación, en tiempo y forma, se deberá sujetar al periodo alternativo de veda que abarca de las 00:00 horas del 9 de noviembre hasta las 24:00 horas del 19 de enero de los periodos 2022, 2023, 2024 y 2025.
Las personas que incumplan o contravengan el Acuerdo se harán acreedoras a las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales aplicables.