La propuesta de reforma energética que está a un paso de ser aprobada por el Senado de la República podría ser incongruente con al menos cinco capítulos del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), señaló el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO).
En un análisis realizado por el think tank se pudo observar que la reforma constitucional mantiene una redacción ambigua, por lo que después de su eventual aprobación en el Senado es necesario asegurar que la legislación secundaria se elabore cuidando la congruencia con las disposiciones plasmadas en T-MEC y otros acuerdos comerciales.
“La revisión del T-MEC, que tendrá lugar en 2026, obliga a México a estar preparado para defender la coherencia de sus políticas públicas con las disposiciones de este. En este sentido, México debe velar por la congruencia de la nueva legislación”, señaló el IMCO.
El primero de los capítulos que podría contravenir lo estipulado en el T-MEC es el capítulo 12, enfocado en comercio transfronterizo de servicios.
“La legislación secundaria deberá definir el alcance del concepto de “prevalencia” sobre la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para determinar si incluye el suministro eléctrico”, subrayó.
Respecto al capítulo 14 especializado en inversión, la “cláusula trinquete” incluida en el T-MEC establece que si un país abre su economía permitiendo más comercio o inversión extranjera, no podrá retroceder esas medidas en el futuro ni cerrar sectores previamente abiertos a participación privada.
“Por lo que introducir nuevas restricciones para empresas privadas en el sector energético podría generar un conflicto”, advirtió el IMCO.
En el capítulo 22 titulado ‘Empresas propiedad del Estado’, se establece que las empresas estatales deberán operar bajo criterios comerciales y que los organismos administrativos que regulen a las empresas propiedad del Estado deben ser imparciales, por lo que el tránsito de empresa productiva del Estado a empresa pública podría ser incongruente con estas disposiciones.
También podría haber irritantes con el capítulo 24 en materia medioambiental, ya que el país puede ser llevado a un panel y sancionado si se comprueba una violación sostenida y recurrente a la legislación doméstica ambiental de tal forma que afecte el comercio y la inversión.
“Todo cambio a los criterios de despacho eléctrico deberá ser congruente con los objetivos de reducción de emisiones plasmados en la legislación nacional en materia de cambio climático y transición energética”, resaltó el IMCO.
Finalmente, se encuentra el capítulo 32 de excepciones y disposiciones generales, en el que México se compromete a otorgar las medidas menos restrictivas en materia de inversión, comercio transfronterizo de servicios, y empresas propiedad del Estado y monopolios designados.
“Esas medidas deberán adoptarse o mantenerse conforme a los términos de las reservas aplicables y las excepciones a obligaciones paralelas incluidas en tratados comerciales y de inversión que México ratificó antes de la entrada en vigor del T-MEC”, recomendó el IMCO.