La Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó omisiones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la fijación de multas a contribuyentes con incumplimiento de obligaciones fiscales referentes al pago del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) del tabaco y bebidas alcohólicas, cervezas y saborizadas.
En la Segunda Entrega de informes de la Cuenta Pública 2019, la ASF -incluso- sugirió al SAT ejercer sus facultades para auditar a las empresas tabacaleras Japan Tobacco International México, British American Tobacco México y Philip Morris México Productos y Servicios, debido a que se determinaron inconsistencias en las declaraciones informativas y de pago del IEPS de tabaco labrado.
A fin de verificar que el SAT realizó acciones de vigilancia a los contribuyentes obligados al pago del IEPS, se revisó la base de datos y se identificó que, de los 210 contribuyentes obligados al pago de IEPS de tabacos labrados, 40 pagaron 42 mil 976 millones de pesos, lo que representó el 99.8 por ciento de la recaudación total de ese impuesto en 2019.
La ASF identificó que el SAT no emitió multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales del IEPS de Tabacos Labrados en materia de presentación de declaraciones a 103 contribuyentes, de un universo de 210, que representan el 49.1 por ciento de los contribuyentes obligados.
"El SAT argumentó que no impuso multas debido a adecuaciones y actualizaciones legales que era necesario incorporar en los formatos de control y vigilancia, sin embargo, la ASF considera que el SAT debe implementar mecanismos de control que permitan contar con procedimientos alternos para la emisión de multas en caso de que sus sistemas tecnológicos no estén actualizados", sostuvo.
En el caso del IEPS de bebidas alcohólicas y saborizadas, la ASF detectó que el SAT durante el ejercicio 2019 no emitió multas a contribuyentes que incumplieron las obligaciones fiscales de ese impuesto, bajo el argumento de que los formatos en los sistemas tecnológicos estaban en actualización.
Lo anterior provocó que, ante la ausencia de mecanismos que permitieran fijar multas por incumplimiento fiscal del IEPS, el SAT no pudo determinar multas a 6 mil 596 contribuyentes con acciones de vigilancia por un monto de 202 mil 794 millones de pesos.
La ASF también hizo una recomendación de política pública en el sentido de que en Ley de Ingresos de la Federación se establezca que un porcentaje de los recursos recaudados por concepto del IEPS de bebidas con contenido alcohólico, cervezas y bebidas refrescantes se destine a programas contra el alcoholismo y a la atención de las enfermedades que provoca.
Lo anterior con el el fin de que se pueda cumplir no sólo con los fines fiscales del IEPS, es decir, financiar gasto público en general, sino también con los fines extrafiscales, así como fortalecer las medidas implementadas del Plan de Acción para Reducir el Consumo Nocivo de Alcohol de la estrategia mundial de la Organización Mundial de la Salud para reducir el uso nocivo del alcohol.