Economía

Banxico publica nuevas reglas de operación para acceder a recursos por crisis del COVID-19

El Banco Central público las facilidades y reglas que deben cumplir para acceder a las facilidades de los puntos cuatro, cinco y seis de los 10 que dio a conocer en abril.

El Banco de México (Banxico) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) tres reglas más de operación para que las instituciones financieras puedan acceder a recursos que les permitan tener liquidez y fondear, principalmente, a pequeñas y medianas empresas que tengan problemas para hacer frente a la pandemia del COVID-19.

El Banco Central público las facilidades y reglas que deben cumplir para acceder a las facilidades de los puntos cuatro, cinco y seis de los 10 que dio a conocer en abril cuando anunció las medidas adicionales para promover un comportamiento ordenado de los mercados financieros, fortalecer los canales de otorgamiento de crédito y proveer liquidez para el sano desarrollo del sistema financiero.

Las acciones aprobadas apoyan el funcionamiento del sistema financiero hasta por 750 mil millones de pesos, que al sumarse a lo ya implementado, el total es equivalente al 3.3 por ciento del PIB de 2019.

Las reglas para acceder a estos recursos fueron publicadas en tres circulares, una es la Circular 16/2020, dirigida a las Instituciones de Banca Múltiple y Banca de Desarrollo, relativa a la facilidad temporal de operaciones de préstamo de valores con el Banxico; en la Circular 17/2020, dirigida a las Instituciones de Banca Múltiple y Banca de Desarrollo, relativa a reglas aplicables a operaciones de reporto de valores gubernamentales con la institución para cubrir necesidades de liquidez.

En la Circular 18/2020, dirigida a las Instituciones de Banca Múltiple y Banca de Desarrollo, se establecen las reglas aplicables a operaciones de reporto de títulos corporativos con el Banco de México para cubrir necesidades de liquidez.

El banco central explicó que faltan sólo por publicar los puntos siete y ocho, que corresponden a la liberación de recursos asociados al Depósito de Regulación Monetaria (DRM) o, de ser necesario, proporcionará financiamiento a plazo de entre 18 y 24 meses, con un costo igual al objetivo para la tasa de interés interbancaria a un día, a las instituciones de banca múltiple y de desarrollo que financien a las empresas y las personas físicas antes señaladas con recursos adicionales.

Estos recursos podrán ser combinados con los programas de garantías que instrumenten la banca de desarrollo y las instituciones de fomento. El monto del programa será de hasta 250 mil millones de pesos y podrá ajustarse. Los detalles se darán a conocer en una circular.

La octava medida es la de facilidad de financiamiento a instituciones de banca múltiple garantizada con créditos a corporativos, para el financiamiento de la micro, pequeña y mediana empresa. Estas reglas serán publicadas en los siguientes días, con lo cual el banco central prevé que todas las instituciones tengan claro lo que se requiere para acceder a los 750 mil millones de pesos que estarán dispuestos en distintos programas de apoyo.

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