El Senado aprobó la Miscelánea Fiscal 2021 que contiene cambios que pueden afectar tu bolsillo el próximo año.
Si bien no hay creación de nuevos impuestos ni se modificaron las tasas del IVA e ISR, la Secretaría de Hacienda propuso ajustes que avalaron los senadores en el cobro de los impuestos ya existentes, sobre todo en el comercio electrónico, y en algunos derechos por la prestación de servicios públicos, lo que puede implicar un mayor desembolso el próximo año.
Estos son algunos ajustes que deberás tener en cuenta:
1. Servicios de Internet y telefonía móvil
Las cuotas que las empresas de telecomunicaciones pagan por usar el espectro radioeléctrico no tendrán un aumento el próximo año, por lo que el servicio de internet que pagas de forma mensual y la telefonía móvil solo verán un aumento de 3.5 por ciento que corresponde a una actualización por inflación.
En una reunión con senadores, el subsecretario de Hacienda, Gabriel Yorio, dijo que los consumidores no deberían de ver el próximo año aumentos importantes en su factura porque las tarifas de los servicios solo subirían 3.5 por ciento que es la inflación esperada.
De tal modo que, si al mes pagas 500 pesos de tu plan tarifario, tu factura debería reflejar un aumento de al menos 20 pesos el próximo año.
2. Pasaporte de emergencia
El trámite del pasaporte "de emergencia" tendrá un costo adicional al que ya existe por la expedición del documento. Cada año, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) actualiza el cobro del trámite del pasaporte, en 2021 pasará lo mismo, pero si necesitas de forma urgente el documento, tendrás que desembolsar un poco más.
En 2021 se establece el cobro de derechos por un monto del 30 por ciento adicional al costo por la expedición de pasaportes ordinarios, según la vigencia solicitada, cuando se requiera que sean expedidos de emergencia, los cuales se emiten a los interesados que no agendaron con oportunidad una cita para la realización del trámite de pasaporte y que necesiten salir del territorio nacional por una emergencia médica, académica, laboral o de protección consular debidamente justificadas ante la Cancillería.
3. Tasas únicas en retención en plataformas digitales
Para las personas que obtienen ingresos de plataformas digitales como Uber, DiDi, Cabify, Rappi, Airbnb, Mercado Libre, Amazon, entre otras, la Miscelánea Fiscal 2021 propone pasar de un esquema de tasas de retención de ISR de acuerdo con el nivel de ingreso mensual a un esquema de tasa de retención única por tipo de actividad.
Si tus ingresos vienen de la prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes, la retención de ISR será de 2.1 por ciento mensual; con este cambio las personas que perciben ingresos de hasta 5 mil 500 pesos podrían ver una afectación en su bolsillo porque con el esquema vigente pagan una tasa de 2 por ciento.
En el caso de ingresos provenientes de la prestación de servicios de hospedaje, la retención se hará por el 4 por ciento, lo que podría afectar el ingreso de aquellos "anfitriones" de Airbnb que tienen ingresos de hasta 5 mil pesos, por el que pagan una tasa de 2 por ciento, y de aquellos que tienen ingresos de hasta 15 mil pesos mensuales con una tasa vigente de 3 por ciento.
Mientras que tratándose de enajenación de bienes y prestación de servicios la retención el próximo año será de 1 por ciento, lo que impactará el bolsillo de los usuarios de plataformas como Mercado Libre o Amazon con ingresos de hasta 10 mil pesos mensuales, por los que pagan hoy en día una tasa de hasta 0.9 por ciento.
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4. Bloqueo temporal de plataformas digitales
Los senadores aprobaron la propuesta de Hacienda de reformar la Ley del IVA en materia de plataformas digitales a efecto de que el SAT pueda "bajar el switch" a los prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero sin establecimiento en México como un mecanismo de control ante omisiones fiscales "graves" de las plataformas.
Los incumplimientos pueden ser no darse de alta en el Registro Federal del Contribuyente, no presentar las declaraciones de los impuestos propios o retenidos, y no designar algún representante legal.
Con el bloqueo de las plataformas, las personas que prestan servicios en esas plataformas o realizan actividad económica a través de ellas, podrían ver interrumpido su ingreso porque no podrán acceder a los aplicativos.
5. Donatarias autorizadas
Los senadores ratificaron la propuesta de Hacienda en el sentido de que aquellas fundaciones u organizaciones que obtengan más del 50 por ciento de sus ingresos de actividades diferentes a donativos perderán su autorización ante el SAT, a fin de evitar que realicen actividades lucrativas.
¿Cómo afecta esto a mi bolsillo? Si el SAT cancela la autorización a una donataria en la que tú hiciste donativos, ya no podrás hacer deducibles dichos donativos en tu declaración anual, lo que implica que no habrá devolución de saldo.
El donativo es 100 por ciento deducible, pero hay un monto máximo para esa deducción: en donativos a donatarias autorizadas por el SAT, el límite que se puede deducir del ISR es hasta el siete por ciento de la utilidad fiscal o ingresos acumulables.
6. Venta de bienes usados en plataformas digitales
Si enajenas o vendes bienes muebles usados a través de la intermediación de una plataforma digital como Mercado Libre, Segunda Mano o Amazon, ten en cuenta que en 2021 te retendrán IVA por ese servicio.
El 1 de junio entró en vigor un nuevo régimen para servicios prestados vía plataformas digitales, mediante el cual se consideran contribuyentes del IVA a los residentes en el extranjero sin establecimiento en México que prestan algunos servicios digitales a receptores que se encuentren en territorio nacional.
Se había exceptuado a los bienes muebles usados de la retención del IVA, sin embargo, en la Miscelánea Fiscal 2021 las personas que usen esas plataformas de intermediación ya tendrán que pagar el 16 por ciento del IVA.