Economía

Deducción de gastos médicos por incapacidad vulnera al sistema de seguridad social: Prodecon

La deducción al 100% de los gastos médicos y hospitalarios, aprobada por la Cámara de Diputados, atenta contra el sistema mismo de seguridad social, pues parece indicar que se puede erogar y serán deducibles sin límite alguno, señaló la Prodecon.

La deducción al 100 por ciento de los gastos médicos y hospitalarios atenta contra el sistema mismo de seguridad social, pues parece indicar que si el IMSS, ISSSTE o ISSFAM no proporcionan, como es su obligación, todos los servicios médicos necesarios para cubrir la incapacidad del trabajador, éste los puede erogar por su cuenta y serán deducibles sin límite alguno, señaló la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

"Desde el momento en que la reforma aprobada prevé que el trabajador asegurado deduzca los gastos médicos que él erogue por su cuenta es obvio que se vulnera la fortaleza del sistema de seguridad social", estimó la Procuraduría.

Resulta también evidente para la Prodecon que la modificación votada por los diputados sólo favorecerá a los trabajadores de altos sueldos que se encuentran en los deciles de ingresos más elevados de la población, ya que estos trabajadores sólo acuden al IMSS, ISSSTE o ISSFAM para obtener su certificado de incapacidad, pero erogan por su cuenta los gastos que les ocasiona su enfermedad o accidente atendiéndose en hospitales y con médicos privados.




En cambio, los trabajadores que perciben bajos salarios difícilmente podrán afrontar por ellos mismos los gastos que nos les provean las instituciones de seguridad social.

Por otra parte, la reforma es altamente regresiva e inequitativa, pues las numerosas personas que en México tienen que autoemplearse para vivir carecen de seguridad social, como es el caso de agentes vendedores y comisionistas que trabajan por su cuenta, profesionistas y arrendadores con bajos ingresos y personas de la tercera edad que viven de sus escasos intereses, quienes seguirán teniendo como tope de deducción para sus gastos médicos y hospitalarios equivalente al 10 por ciento de su salario.

Es decir, las personas que ganan entre 30 mil y 100 mil pesos anuales y que además carecen de seguridad social no podrán deducir más que el 10 por ciento de sus exiguos sueldos, aun cuando tengan que afrontar directamente los gastos por enfermedad.

La deducción aprobada en la Cámara de Diputados incluye los gastos médicos que se generen con motivo de servicios de enfermería, estudios clínicos, prótesis o rehabilitación y sólo aplicará a los trabajadores que cuentan con seguridad social en el IMSS, ISSSTE o ISSFAM.

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