Economía

Desindexar salario en la Constitución, proponen UNAM-CIDE

La UNAM y el CIDE entregaron a la Cámara de Diputados una iniciativa que plantea modificar los Artículos 26 y 123 de la Constitución para crear la Unidad de Cuenta del Estado Mexicano y prohibir el uso del salario mínimo como precio de referencia.

CIUDAD DE MÉXICO.- Dada la cercanía de la fijación de los salarios mínimos por parte de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami), académicos de la UNAM y el CIDE sugirieron a la Cámara de Diputados "obviar" en este periodo la creación de la Ley General de la Unidad de Cuenta del Estado Mexicano y provocar la desindexación directamente desde la Constitución.

El pasado 30 de octubre, el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) entregaron una iniciativa con un propósito doble: liberar al salario mínimo de sus funciones como precio de referencia y producir la Unidad de Cuenta del Estado Mexicano (UCEM) para que este concepto sustituya las funciones a las que se ha sometido al mínimo.

La iniciativa plantea un agregado constitucional en el Artículo 26 para crear la UCEM y para la desvinculación se propone una reforma constitucional al apartado A del Artículo 123 con el objeto de prohibir que el salario mínimo siga siendo utilizado como unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.


También se requeriría de una reforma al Artículo 41 constitucional para quitar a los salarios mínimos como multiplicador en la fórmula para la determinación de las prerrogativas de los partidos políticos.

Asimismo, se establece un régimen transitorio que obliga al Congreso de la Unión, a los Congresos de las Entidades Federativas y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a realizar las adecuaciones correspondientes en las leyes federales y locales en un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor de la reforma.

La iniciativa argumenta que "al día siguiente en que ocurra el cambio constitucional la desindexación será un hecho y una obligación jurídica en todo el territorio nacional".

En el cuarto artículo transitorio de la iniciativa conjunta se establece que el valor que deberá tener la UCEM será equivalente a 67.29 pesos diarios, que sería actualizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía con base en la inflación anual.

En el quinto transitorio se ofrece una "salvaguarda" para evitar que las instituciones del Estado que otorguen créditos a la vivienda sigan actualizando el importe de los créditos con el salario mínimo.

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