La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) inició inspecciones extraordinarias en empresas grandes y medianas para verificar el cumplimiento de las disposiciones emitidas por la Secretaría de Salud con la emergencia sanitaria por COVID-19, es decir, verificar que las actividades no esenciales se hayan detenido, o bien, que las empresas que continúan operando cumplan la norma.
Autoridades de la dependencia indicaron que ya suman alrededor de 600 inspecciones extraordinarias realizadas en centros de trabajo del 1 de abril a la fecha y, aunque en los procedimientos se encontró que 15 por ciento de las empresas no han suspendido operaciones a pesar del llamado de la autoridad, todavía no se imponen multas.
Tania Ávila, asociada sénior de la Práctica Laboral en Baker McKenzie, consideró que la imposición de una multa sería el peor escenario para una empresa dada la situación económica por la que atraviesan industrias y centros de trabajo ante la baja en las ventas y comercio, no obstante, dijo que la Secretaría del Trabajo y Salud están facultadas para sancionar.
Indicó que las multas que puede imponer la autoridad laboral van de los 4 mil 344 pesos hasta los 434 mil 400 pesos por trabajador afectado y por violación a cada disposición legal.
Adicionalmente, los centros de trabajo pudieran ser objeto de inspecciones por parte de la Secretaría de Salud, estando facultada para imponer sanciones adicionales e independientes a las determinadas por la autoridad laboral, en este caso la multa ascendería a un millón 390 mil 80 pesos.
"No tenemos conocimiento todavía de que la Secretaría del Trabajo haya impuesto multas porque al final la inspección lleva un proceso y no hay de manera inmediata sanciones económicas, lo que sí hace de manera inmediata es la recomendación de que se suspendan actividades y se retire al personal si es actividad no esencial", comentó.
Si es una actividad esencial, la autoridad revisa que los trabajadores tengan equipos de protección, señaló.
Focos
-Del 3 al 14 de abril el 50% de las empresas suspendieron labores; el 18% con actividad esencial permanece en operación, a un 17% se le exhortó al cierre y accedió y al 15% se le llamó a cerrar sin hacerlo.
-Los giros de las empresas que han sido inspeccionadas son: automotriz, textil, maderera, aeroespacial, tabacalera y de la construcción; comercio, maquinado industrial, entre otras.
-Las empresas no esenciales que se negaron a cerrar se ubican en once estados del país.