El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, ordenó, por medio de un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), recortar los días de aguinaldo que le corresponden por ley a los servidores públicos.
El mandatario mexicano también renunció a su aguinaldo para coincidir con las medidas de austeridad que ha impulsado su Gobierno, con el propósito de reorientar recursos para enfrentar la pandemia.
"He tomado la decisión de reintegrar a la Tesorería de la Federación el 100 por ciento del monto que reciba por concepto de aguinaldo y gratificación de fin de año en términos de las disposiciones jurídicas aplicables y que históricamente equivale a 40 días por esos conceptos, para que se destinen a dar atención a las necesidades derivadas de la emergencia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México", indicó López Obrador.
A continuación te mostramos para quiénes aplica este recorte y cómo será el aguinaldo para estos, de acuerdo con lo publicado en el DOF.
¿A qué funcionarios públicos se les recortarán sus aguinaldos?
- Funcionarios que pertenecen al personal operativo de confianza de las dependencias y entidades.
De acuerdo con la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, los empleados de confianza son aquellos que integran la planta de la Presidencia de la República y aquellos cuyo nombramiento o ejercicio requieren la aprobación del Presidente de la República.
También son los que trabajan en dependencias y entidades desempeñando las siguientes funciones:
-Dirección
-Inspección, vigilancia y fiscalización
-Manejo de fondos o valores
-Auditoría
-Control directo de adquisiciones
-Almacén e inventarios
-Quiénes desempeñen funciones análogas a las anteriormente mencionadas.
A estos se les dará como aguinaldo hasta 40 días de su salario, con base en un cálculo, un tabulador y los términos específicos que la Secretaría de Hacienda emitirá más adelante.
Sin embargo, estos no son los únicos funcionarios que verán esta prestación reducida, la lista también incluye a:
-Personal de enlace y de mando de las dependencias y entidades, asó como del Servicio Exterior Mexicano que se encuentre cumpliendo funciones en territorio nacional.
En el caso se este personal el aguinaldo corresponderá a 20 días de salario, aunque puede incrementarse para aquellos que tengan las menores percepciones, de acuerdo con el cálculo y el tabulador de Hacienda.
-Personal del Servicio Exterior Mexicano y asimilado a este, que se encuentre cumpliendo funciones en las representaciones de México en el extranjero. Para ellos, dicha prestación será de hasta 40 días.
-Personal militar en activo. También se estableció para los militares hasta 40 días.
-Personas físicas contratadas en dependencias, entidades y el Servicio Exterior Mexicano para prestar sus servicios profesionales bajo el régimen de honorarios.
Estos trabajadores tendrán el mismo aguinaldo que recibirán aquellos que tengan una plaza presupuestaria, es decir, los que laboran para dichas dependencias, entidades y el Servicio Exterior Mexicano.
-Las personas que reciben pensión militar, pensión civil, pensión de gracia o los deudos de esas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o con cargo al erario federal.
Esto incluye a los veteranos de la Revolución que se les da una pensión con cargo al ISSTE y una cuota adicional con cargo al erario federal..
Para dichos pensionados, jubilados y beneficiarios, el aguinaldo será de hasta 40 días.
El documento no indica cuántos días de salario se están recortando al aguinaldo de cada funcionario.
El decreto indica que también será recortada esta prestación a personal de otras categorías, aunque no detalla quiénes son, tampoco explica el cálculo, el tabulador y los lineamientos de Hacienda que se usarán para aplicar la disminución.
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