Economía

Estados y municipios ya tienen formatos para transparentar todas sus deudas

Estados y municipios deberán transparentar sus obligaciones financieras a través de ocho formatos que deberán publicar en sus medios oficiales de difusión escritos y digitales.

Los estados y municipios ya cuentan con los formatos para transparentar todas sus obligaciones financieras, estos fueron publicados hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por parte del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC) para dar cumplimiento a la Ley de Disciplina Financiera (LDF) promulgada en abril pasado.

A través de los formatos las entidades y localidades darán razón de sus deudas a corto y largo plazo, otros pasivos, deuda contingente, valor de instrumentos Banco Cupón Cero, Asociaciones Público Privadas (APPs), y los denominados como otros instrumentos.

También se dieron a conocer los formatos para la presentación del Estado de Situación Financiera Detallado, el cual contempla activos circulantes y activos no circulantes.


Especialistas en finanzas públicas han referido que la falta de transparencia en las cuentas de los estados, han impulsado un mal manejo de sus finanzas públicas.

Cifras de Hacienda detallan que todas las entidades acumularon una deuda de largo plazo por 529 mil 718 millones de pesos, al cierre del primer semestre. En tanto la Confederación de Cámaras Industriales, informó la semana pasada que los estados deben 150 mil millones de pesos a proveedores.

Otro formato que deberán entregar es el de su Balance Presupuestario, el cual incluye los Ingresos Totales; Egresos Presupuestarios; Remanentes del Ejercicio Anterior. Intereses, comisiones y gastos de deuda, balance primario, Financiamiento, Amortización de la Deuda, Financiamiento Neto.

También darán detalle de sus recursos a través de su Estado Analítico de Ingresos Detallado; impuestos, cuotas o aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones.

En total son ocho formatos los que se publican y que se deberán comenzar a publicar en sus medios oficiales de difusión escritos y digitales, 30 días posteriores a la publicación de estos criterios en el DOF, señala los criterios transitorios.

"La elaboración de los formatos por parte de los entes públicos de las Entidades Federativas y Municipios, se realizará de forma trimestral acumulativa y en algunos casos de forma anual, según corresponda", refiere el documento.

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