La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dejó sin estímulo fiscal a la cuota del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a las gasolinas Magna y Premium, así como al diésel.
Según el documento publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el periodo comprendido del 26 de septiembre al 2 de octubre, los conductores pagarán 4.95 pesos por litro en el caso de la Magna. Es la vigésima octava semana que este combustible no cuenta con el apoyo.
Respecto a la Premium, que desde hace 47 semanas no cuenta con estímulo fiscal, las personas pagarán 4.18 pesos por litro.
El diésel tampoco tendrá el estímulo, por lo que los automovilistas deberán pagar 5.44 pesos por litro. Con ello, hila 35 semanas sin el apoyo.
En diciembre del año pasado, la dependencia dio a conocer la actualización de las cuotas del IEPS, misma que entró en vigor a partir del primer día de 2020.
Este año, se dio a conocer que Hacienda plantea en la Miscelánea Fiscal 2021 la creación de una nueva "cuota complementaria" que sería aplicable a las del IEPS que ya pagan los consumidores en la compra de gasolinas y diésel.
El objetivo es aumentar la recaudación tributaria del IEPS de combustibles cuando el precio del petróleo sea bajo, mientras que la dependencia continuará con su política de proteger el poder adquisitivo de los consumidores mediante estímulos fiscales.
Hacienda argumentó que la pandemia de COVID-19 propició una menor demanda del crudo, lo que provocó un menor precio de venta de este y la reducción en las ventas de combustibles en 2020, que implicó una merma en los ingresos del Gobierno Federal por la caída en la venta de crudo y por la baja en la recaudación por concepto del IEPS.
Ante ese contexto, Hacienda considera "oportuno" incorporar en el esquema tributario del IEPS aplicable a los combustibles automotrices, instrumentos contracíclicos que fortalezcan las finanzas públicas ante escenarios "desventajosos" como los observados durante 2020.
Lo anterior se logrará mediante la aplicación de cuotas complementarias a las previstas en el artículo Segundo, fracción I, inciso D, de la Ley del IEPS, mismas que se aplicarían cuando los precios de los combustibles sean inferiores a los precios base calculados por Hacienda.
Es decir, los consumidores pagarán una cuota adicional a las cuotas de IEPS federal actuales.
Con información de Zenyazen Flores