La reforma constitucional en materia de justicia laboral se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el viernes pasado, dando inicio al plazo de un año para desaparecer las juntas de conciliación y arbitraje y crear juzgados en el Poder Judicial.
En la transición, los juicios iniciados antes de la reforma y los que inicien los trabajadores en el siguiente año serán recibidos por las juntas de conciliación y se resolverán en los términos de la Ley Federal del Trabajo (LFT) vigente.
Alejandro Avilés, académico de la Facultad de Derecho de la UNAM dijo que debido a que el decreto considera que los juicios vigentes y los que se tramiten durante la transición se deberán resolver bajo los criterios con los que se iniciaron, la desaparición de las juntas podría tardar más de cinco años.
El decreto también ordena que en el lapso de un año se deben crear los centros de conciliación y un organismo descentralizado que registrará los contratos colectivos de trabajo y emitirá las tomas de nota.
En tanto inician operaciones las nuevas instancias, las juntas y la Secretaría del Trabajo o las autoridades locales competentes seguirán atendiendo los conflictos que se presenten entre empresas y trabajadores y el registro de contratos y organizaciones sindicales.
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