Economía

Juez niega a proyecto privado suspensión al 'tarifazo' de la CFE

El juez Juan Pablo Gómez Fierro negó al proyecto Tampico Solar la medida que lo exentaría del pago de las nuevas tarifas de porteo hasta la conclusión del proceso de amparo.

Un juez en materia de competencia negó este martes al proyecto Tampico Solar la suspensión definitiva en contra del aumento en las tarifas que compañías privadas pagan a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por hacer uso de su red de transmisión, conocidas como tarifas de porteo.

La suspensión definitiva es el segundo paso dentro de un proceso de amparo indirecto.

Tampico Solar fue el primer proyecto en recibir una suspensión provisional de parte del juzgado en competencia, con la cual habían conseguido ser exentos provisionalmente de pagar las nuevas tarifas anunciadas por la CFE hace unos días.

Pero este martes el juez Juan Pablo Gómez Fierro, del segundo juzgado en materia de administrativa especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, negó la medida que buscaba exentar al proyecto del pago de las nuevas tarifas de porteo hasta la conclusión del proceso de amparo.

El proceso abierto por los operadores del parque solar fue referente al aumento de entre 400 y 800 por ciento en las tarifas de transmisión que pagan las centrales legadas -aquellas que obtuvieron un permiso de generación antes de la reforma- a la CFE.

Hace unas semanas, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó un proyecto para que la empresa eléctrica nacional aumentara las tarifas de porteo a las centrales privadas con un contrato de autoabasto obtenido antes de la reforma energética de 2013. Tras esto, la Comisión Federal de Electricidad anunció el incremento que comenzará a aplicarse a partir del próximo 1 de julio.

De acuerdo con la resolución, a la que El Financiero tuvo acceso, el juez encontró que la decisión de la Comisión Reguladora de Energía para permitir a la CFE aumentar sus tarifas tendrá un beneficio hacia la sociedad en general.

"Se estima que el beneficio que la sociedad puede recibir del ejecución de los actos reclamados es mayor que el prejuicio que se provoca la parte quejosa al negar la medida cautelar", se lee en el oficio.

"(Otorgar la suspensión) provocaría que el servicio público de transmisión se tenga que prestar en términos menos eficientes, que es uno de los objetivos de los costos impugnados con las consecuencias recibas que ello implicaría para la Industria y el mercado eléctrico mayorista", argumenta el juez.

La negación de la suspensión, explicó un especialista en el sector, no tiene un efecto directo sobre la determinación del amparo. Es decir, con esta resolución del juez, el proyecto deberá atenerse a las nuevas tarifas de CFE por el lapso que dure el juicio.

Los dos tribunales especializados en competencia tienen al menos tres peticiones de privados para obtener un amparo respecto a las nuevas tarifas de porteo.

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