Economía

¿Qué pasa con las fotos y videos en las visitas del SAT si mi domicilio fiscal es también mi casa?

Las autoridades del Servicio de Administración Tributaria afirman que la propuesta busca solo un elemento de modernización acorde a los tiempos que vivimos.

La propuesta de Hacienda para que los auditores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) puedan tomar fotografías o videos durante las visitas domiciliarias ha generado inquietud entre los contribuyentes, sobre todo en aquellos cuyo domicilio fiscal registrado ante el fisco es el mismo que el de sus casas.

Aunque existe la percepción de que los auditores "se van a meter hasta la cocina", las autoridades del SAT aseguran que no será así y que el uso de la tecnología es solo para eficientar procesos que hoy se hacen en papel.

Abel Romero López, Administrador General de Recaudación, explicó el lunes en conferencia de prensa virtual, en compañía de la jefa del SAT, Raquel Buenrostro, que hoy en día cuando se visita a un contribuyente, el auditor levanta un acta donde describe todo lo que observa, "se hacen hojas y hojas".

Por ello, refirió, la propuesta busca un elemento de modernización acorde a los tiempos que vivimos y acorde con la tecnología que permitirá eficientar procesos y dar información al SAT que, incluso, ayude en los juicios fiscales.

"No se busca invadir la privacidad, existe jurisprudencia que establece que en aquellas ocasiones donde el domicilio fiscal sea el mismo que el domicilio personal del contribuyente, solo se puede hacer mención sobre los objetos que sean propios del quehacer del contribuyente.

Te podría interesar:


"Es decir, si su trabajo es en casa, lo que el SAT observará será una computadora y el escritorio, pero jamás se va a poder invadir la privacidad (tomando) fotografías de su cocina o habitación, eso no se podría hacer y el servidor público incurriría en una sanción porque no le correspondería hacerlo", expuso.

Romero López reiteró que la propuesta de tomar fotografías y videos es solo para complementar las actas de los auditores para describir las visitas; además, aseguró que se pondrán "candados" para que las imágenes captadas se mantengan en "secrecía fiscal" y no puedan ser difundidas o divulgadas.

Actualmente el Artículo 45 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que los visitadores del SAT pueden disponer y sacar copias de la contabilidad y demás papeles que acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales por parte de los contribuyentes, mismos que se anexan a actas finales o parciales que se levanten con motivo de la visita.

El Artículo también señala que los visitadores hoy en día pueden acceder a la verificación de bienes y mercancías, así como a los documentos, estados de cuentas bancarias, discos, cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos que tenga el contribuyente en los lugares visitados.

La Miscelánea Fiscal 2021 aprobada por los diputados incorporó al primer párrafo del Artículo 45 del CFF la facultad para que el SAT pueda utilizar "herramientas tecnológicas para recabar imágenes o archivos electrónicos que sirvan como constancia de los bienes y activos que existen en el domicilio fiscal".

Los diputados añadieron a la propuesta de Hacienda, es decir, al Artículo 45 del CFF que "cuando se utilicen herramientas tecnológicas, las autoridades deberán acreditar que éstas fueron asignadas por la autoridad fiscal en la orden de visita (…); estas herramientas deberán contar con las medidas de seguridad necesarias para que la información recabada no sea expuesta de manera indebida".

Esta semana el Senado deberá ratificar o modificar la Miscelánea Fiscal 2021 que incluye esta adición de los diputados al Artículo 45 del CFF para buscar dar calma a los contribuyentes.

También lee: