Economía

¿Qué pasos deben seguir las empresas automotrices, constructoras y mineras para reiniciar actividades?

Estas industrias deberán presentar un protocolo de seguridad sanitaria que sigan los lineamientos establecidos por las secretarías de Salud, Economía y del Trabajo y Previsión Social.

Las actividades de la industria de la construcción, minería y fabricación de equipo de transporte como la automotriz, podrán regresar a laborar antes del 1 de junio al ser considerados como esenciales ante la pandemia del COVID-19, siempre y cuando sean aprobados sus protocolos de salubridad por las autoridades federales.

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este viernes, las empresas o industrias dedicadas a las actividades consideradas como esenciales, deberán presentar protocolos de seguridad sanitaria acordes con los lineamientos generales que dispongan las secretarías de Salud, Economía y del Trabajo y Previsión Social.

"El plazo comprendido del 18 de mayo al 1 de junio de 2020, es el tiempo en el que se llevará a cabo el proceso de establecer los protocolos y mecanismos de seguridad sanitaria en las empresas de acuerdo con los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral, que publique la Secretaría de Salud, en coordinación con las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social.

"Si el proceso se logra concluir y se aprueba antes del 1 de junio de 2020, la empresa o industria correspondiente podrá dar inicio a sus operaciones", señalaron las autoridades.

Aclararon que se trata de un acuerdo de buena voluntad; sin embargo, si no se cumple se procederá a la clausura de las empresas o industrias que pongan en riesgo la salud de sus trabajadores.

"En el caso de las empresas de la industria automotriz y de autopartes dedicadas a la exportación, además de lo señalado en las facciones anteriores, deberán aplicar los protocolos que se requieran en los países de su origen", dijo la autoridad federal.

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