Economía

Reglas para cobranza de bancos, en enero de 2015

Las nuevas disposiciones para los despachos de cobranza, que establecen horarios para llamar a los deudores, fueron publicadas ayer en el DOF pero entrarán en operaciones el próximo año debido a que las instituciones financieras con las que trabajan tendrán 90 días para adecuar sus sistemas y contratos.

CIUDAD DE MÉXICO.- La nueva regulación para despachos de cobranza entrará en operación en 2015, debido a que las instituciones financieras que trabajan con estas empresas tendrán 90 días para adecuar sus sistemas y contratos con los despachos de cobranza que trabajan.

Ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación, las disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras en materia de despachos de cobranza, por lo que esas entidades deberán sujetarse a las nuevas reglas respecto a las prácticas de cobranza realizadas por los despachos que gestionan su cartera de crédito.

A estas disposiciones estarán sujetos todos los despachos de cobranza contratados por bancos, sociedades financieras de objeto múltiple, reguladas y no reguladas, sociedades financieras populares, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, sociedades financieras comunitarias, entre otras.


Los despachos de cobranza contratados por los bancos que no respeten las nuevas reglas en materia de cobranza serán acreedores a multas que podrán ser desde 13 mil 458 pesos y hasta 134 mil 580 pesos.

La nueva disposición ordena que la cobranza sólo podrá hacerse entre las 7 de la mañana y hasta las 22 horas, el documentar por escrito con el deudor, obligado solidario o aval, el acuerdo de pago; utilizar números de teléfono que aparezcan y que posibilite su identificación por parte del deudor.

Tampoco podrán realizar gestiones de cobro a terceros, incluidas las referencias personales y beneficiarios, con excepción de deudores solidarios o avales; ni ninguna negociación o reestructuración, de los créditos, préstamos o financiamientos, en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la entidad financiera o el deudor, obligado solidario o aval.

Los despachos de cobranza tendrán que integrarse a un registro que se conocerá como REDECO, donde actualizarán su información de manera trimestral.

Además se aclaró que si se quiere levantar una queja, los deudores podrán hacerlo vía electrónica ante el REDECO, de manera personal o por escrito en cualquiera de las delegaciones de la Comisión.

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