Economía

SAT ‘aprieta’ cancelación de sellos digitales en el primer año de la 4T

La autoridad fiscal canceló 49 mil 865 sellos digitales entre enero y octubre de 2019, 10 por ciento más que en todo 2018.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) "apretó" la cancelación de sellos digitales durante el primer año de la Cuarta Transformación.

La autoridad fiscal canceló 49 mil 865 sellos digitales entre enero y octubre de 2019, número que es 10 por ciento más que los certificados digitales cancelados en todo 2018, cuando el fisco dejó sin efectos 45 mil 272 certificados de sello digital.

De acuerdo con información del SAT obtenida por transparencia, desde 2014 al pasado 31 de octubre se cancelaron 254 mil 863 sellos digitales a contribuyentes, tanto personas físicas como morales.

Los datos muestran que desde 2014 a octubre de 2019, se han cancelado 7 sellos digitales a grandes contribuyentes, de los cuales, pero cuatro fueron en el sexenio anterior y van tres durante el primero año de gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador.

De acuerdo con los datos del fisco, 7 de cada 10 sellos digitales cancelados provienen de la Administración General de Recaudación, lo que se explica porque la cancelación de los instrumentos es un acto de control de obligaciones que aplica la autoridad para efectos de inspección.

El SAT indicó que los sellos digitales cancelados se ejecutaron porque los contribuyentes cayeron en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 17-H Fracción X del Código Fiscal de la Federación.

Dicho artículo señala que los sellos digitales que emita el organismo fiscalizador quedarán sin efecto si, entre otras cosas, los contribuyentes no fueron localizados, si desaparecen durante la visita del SAT, o bien, si se detectan facturas que fueron utilizadas para amparar operaciones inexistentes.

Otro supuesto de cancelación es que el SAT detecte que los contribuyentes, en un mismo ejercicio fiscal y estando obligados a ello, omitan la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.

De acuerdo con el CFF, los contribuyentes a quienes se les haya dejado sin efectos el sello digital podrán subsanar las irregularidades detectadas con aportación de las pruebas que a su derecho convenga, para obtener un nuevo certificado.

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