Economía

Según fiscalistas, estarías pagando impuestos de más

Debido a que las tarifas para el pago del ISR de las personas físicas no han sido ajustadas por la inflación, hoy podrías tener una carga tributaria mayor a la que marca la ley, según expertos.

CIUDAD DE MÉXICO.- Hoy pagan hasta 12 por ciento más de Impuesto sobre la Renta (ISR) los contribuyentes con ingresos superiores a 10 mil 800 pesos al mes, debido a que las tarifas para el pago del ISR de las personas físicas no han sido ajustadas por la inflación, pese a que rebasan el 10 por ciento desde finales de 2009.

La Ley señala que las tarifas para el pago del ISR de personas físicas se deben ajustar por la inflación cuando exceda 10 por ciento, a partir del último mes en que hayan sido actualizadas, pero la disposición no se ha cumplido, en detrimento de los contribuyentes por la mayor carga tributaria pagada.

La reforma para el ejercicio fiscal 2010 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2009 indica en la fracción XIV del artículo cuarto de las Disposiciones Transitorias de la L-ISR, que para efectos de esa actualización, el mes más antiguo a considerar sería diciembre de 2009.

De entonces a diciembre de 2013, (último mes del ejercicio en que la inflación acumulada excedió lo establecido), el índice de precios aumentó 16.72 por ciento, por lo que el factor de actualización a aplicar en las tarifas del ISR sería de 1.1672 puntos, y la actualización debió haber entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2014.

Esto a menos que la autoridad argumentara que la que está vigente es una nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (L-ISR) y que por ello la inflación partiría de cero.

Las cantidades establecidas en el Código Fiscal de la Federación (CFF), (multas en su mayoría); las cuotas de la Ley Federal de Derechos (LFD) y la tarifa del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN), se actualizaron con la inflación, o indican el factor de actualización aplicable.

"Es evidente un trato discriminatorio e injustificado, en perjuicio del contribuyente, en virtud de que mientras las multas que cobra la autoridad, son indefectiblemente indexadas, las cantidades para determinar impuestos como el ISR no se actualizan", dijo Gustavo Leal.

El consultor fiscal y director ejecutivo de Fiscalía.com indicó que de diciembre de 2004 a la fecha han sido tres las ocasiones en que la inflación acumulada ha rebasado 10 por ciento: diciembre de 2007; de esa fecha al mismo mes de 2009, y de este último mes al cierre de 2012.

"Sin embargo, y aunque en esos tres años las tarifas sufrieron modificaciones en su estructura (tasas) mas no en sus cantidades, a través de artículos transitorios se estableció que estaban actualizadas a diciembre de sus respectivos años, no obstante que dicha actualización nunca se llevó a cabo".

De diciembre de 2004 a igual mes de 2007 la inflación fue de 11.56 por ciento, con lo que las tablas se habrían actualizado a diciembre de 2007, pero en 2008 entró en vigor la tabla de ISR única, con la que se derogó la del subsidio acreditable.

"Las cantidades de los límites inferiores y cuotas fijas no se actualizaron; permanecieron igual, y no obstante ello, el Legislativo decretó que dichas cantidades se encontraban actualizadas a diciembre de 2007".


El Anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2014, publicada el 19 de diciembre en el DOF dice que para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones, se dan a conocer las cuotas de los derechos o las cantidades actualizadas que deberán aplicar desde el 1 de enero del año.

Las personas físicas más afectadas son quienes tienen ingresos anuales que oscilan los 130 mil pesos (alrededor de 10 mil 833 pesos al mes), pues la diferencia entre la tarifa vigente (sin actualizar), y la actualizada es de 12 por ciento o mil 735.36 pesos anuales.

Para aquéllos con ingresos de alrededor de 60 mil pesos anuales (5 mil pesos al mes), la diferencia es de 10.58 por ciento; para quienes ganan 400 mil pesos por año (33 mil 333 pesos mensuales) la diferencia es de 3 mil 589.31 pesos (4.7 por ciento), y para quienes tienen ingresos anuales de 4 millones, es de 18 mil 39.75 pesos.

Fuentes de la firma KPMG dijeron a El Financiero que la razón por la que las tarifas del ISR no han sido actualizadas en los últimos años pese a que en ese lapso la inflación excedió 10 por ciento, se encuentra en diversos actos legislativos en el tiempo.

"La tarifa aplicable ha sido modificada en alguno de sus renglones y vuelta a publicar como parte de una nueva ley o de una reforma a la ley existente. Cada vez que eso ocurre, la tarifa publicada se considera como nueva y la cuenta inflacionaria vuelve a empezar de cero".

"Pero, la tarifa sólo es nueva respecto a su vigencia legal, no así en su contenido esencial de límites inferiores, superiores y cuotas fijas, dando como resultado que la mayor parte del contenido de la tarifa ha sido prácticamente el mismo, salvo pequeñas variaciones, y no se ha reconocido la inflación acumulada en el tiempo", añadieron.

Esto ha ocurrido en distintas reformas en últimos años, por lo que la tarifa actual es en términos económicos, la misma de hace años, sin reconocer la inflación, que implícitamente trae una mayor carga fiscal de los contribuyentes.

Por otro lado, se buscó al SAT, que expresó no tener comentarios.

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