Economía

Sener y Economía publican suspensión del acuerdo de importación de hidrocarburos

Las secretarías dijeron que las mercancías se importarán y exportarán con las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación de 2012 y 2020.

Las secretarías de Energía y Economía publicaron este miércoles en el Diario Oficial la suspensión del acuerdo que emitieron en diciembre pasado sobre reglas de importación y exportación de hidrocarburos.

El acuerdo reducía la vigencia de los permisos de 20 a cinco años, por lo que la empresa Desarrollos Amboise presentó un amparo que finalmente un Juez resolvió como suspensión definitiva.

Sin embargo, las dependencias aclararon en el artículo segundo transitorio de la suspensión, que el acuerdo no quedará insubsistente.

"El presente acuerdo no implica que quede insubsistente el acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 26 de diciembre de 2020, sino que únicamente sus efectos se postergarán en el tiempo, con la finalidad de conservar la materia del juicio de amparo antes referido.

Al ser suspendido el "Acuerdo por el que se suspenden todas las consecuencias derivadas del acuerdo que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Energía", las empresas deberán cumplir las normas publicadas en el Diario Oficial el 29 de diciembre del 2014.

Las secretarías de Energía y de Economía señalaron que las mercancías se importarán y exportarán con las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) 2012 y 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2020 y su posterior modificación.

A su vez, se utilizará el Número de Identificación Comercial correspondiente en términos del Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación, publicado en el mismo medio de difusión oficial el 17 de noviembre de 2020 y sus posteriores modificaciones.

Asimismo, las secretarías destacaron en el artículo primero transitorio de la publicación que la suspensión del Acuerdo estará vigente hasta que surja la cause ejecutoria de la resolución que se dicte en el juicio de amparo 16/2021 de la empresa Desarrollos Amboise.

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