Uber se ha librado, hasta ahora, de la intención de choferes de formar una organización sindical, pero no consiguió hacerlo de un sindicato para el personal que trabaja en las oficinas de la plataforma digital de "taxis" privados.
La Secretaría del Trabajo (STPS) autorizó el 15 de febrero de 2016 al Sindicato Nacional "Superación y Progreso" de Trabajadores de la República Mexicana la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) que será aplicable a los empleados que laboran en siete domicilios de Uber: Ciudad de México (4), Tijuana (1), Monterrey (1) y Guadalajara (1).
De acuerdo con el CCT depositado en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), cuya copia tiene El Financiero, el contrato aplicaría a 50 empleados que han sido clasificados en un tabulador con cinco categorías: General Manager, Senior Marketing Manager, Marketing Manager, Operations & Logistics Manager y Operations Coordinador.
Inicio.
El sindicato obtuvo su registro el 9 de diciembre de 2011 y la vigencia de la toma de nota es 29 de septiembre de 2017.
Miembros. De acuerdo con la STPS la organización es independiente y tiene sólo 33 socios afiliados con una secretaría general.
Uber fue consultado sobre la operación del sindicato y si en otros países tienen firmados contratos con uniones pero el área de Comunicación de la empresa indicó que no haría comentarios al respecto.
Por separado, fuentes involucradas en el caso comentaron que posiblemente se trata de un sindicato blanco o de protección que no opera en el corporativo.
El CCT fue firmado por Genaro Fernández Ortiz, del despacho Lexel que participa en la Amcham, (American Chamber of Commerce) en su calidad de apoderado legal de Uber, y por Aurea María Fernández Rivera como secretaria general del sindicato; no obstante, el sindicato otorgó todas las facultades legales a Carlos Benigno Siqueiros Fernández, quien fue contactado pero evitó responder a la solicitud de este diario.
Por separado, Nadia González, del bufete Santamarina y Steta, comentó que los contratos de protección son en ocasiones estrategias de las empresas para evitar que les estallen huelgas que en determinado momento pueden ser una carga económica para las organizaciones al tener que cumplir las demandas de sindicatos plasmadas en pliegos petitorios "impagables".
La reforma a la justicia laboral que propuso el gobierno federal plantea cambios en el proceso de depósito y registro de los CCT con el fin de evitar la proliferación de contratos de protección patronal.