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Edomex busca registro público de agresores sexuales

Las legisladoras del PRD plantearon una propuesta para sentenciar hasta con 10 años de cárcel la práctica del stealthing.

Durante la sesión del martes también se propuso imponer una pena de 5 a 10 años de prisión por practicas como el stealthing. (legislativoedomex.gob.mx)

Con el fin de contribuir a la ampliación de los mecanismos para la protección de las mujeres y combatir la violencia en su contra, el Congreso del Estado de México recibió propuestas para la creación del Registro Público de Agresores Sexuales.

Y es que, durante enero de este año se registraron 14 feminicidios, 276 casos de abuso sexual, 125 de acoso sexual y 112 de violencia simple, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La diputada María Elida Castelán Mondragón, del PRD, explicó el martes que el Registro Público de Agresores Sexuales permitirá identificar a las personas condenadas con sentencia firme por los delitos de feminicidio, abuso sexual, acoso sexual y violación, y será regulado por una Ley de Agresores Sexuales del Estado de México.

Durante la sesión de ayer en el Congreso del Estado de México, se comentó que las reformas al Código Penal estipulan que la entidad mexiquense puede implementar su propio registro para proteger a millones de mujeres que pueden ser víctimas de algún delito, además de garantizar su derecho a una vida libre de violencia.


La propuesta en el congreso permitirá además ampliar las sentencias hasta con 10 años de prisión para sancionar la violencia equiparada, así como el establecimiento de la prohibición de matrimonios forzados por usos y costumbres.

Por otra parte, la legisladora Juana Bonilla propuso reformar algunos artículos del Código Penal de la entidad para considerar como violación equiparada la conducta del stealthing, en la cual el sujeto activo, durante el acto sexual por consenso, se retire el preservativo sin el consentimiento de la persona pasiva.

De acuerdo con la iniciativa que se envió para ser analizada por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, esta conducta puede ocasionar la transmisión de alguna enfermedad venérea o provocar embarazos no deseados, por lo cual la persona responsable podría ser sancionada con penas de cinco a 10 años de prisión.



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