Edomex

Pago de agua en Edomex 2025: ¿A quiénes se les condona el adeudo y de cuánto serán los descuentos?

Las autoridades del Edomex dieron a conocer de cuánto serán los descuentos en el pago del agua para 2025.

Las personas que recibieron suministro intermitente de agua tendrán descuentos y condonaciones. (Cuartoscuro)

El Estado de México condonará el pago del agua a algunos contribuyentes a partir de enero de 2025, además de que dio a conocer la lista de descuentos mínimos que aplicarán en todos los municipios.

Luego de que se aprobara la Ley de Ingresos de los Municipios para 2025, se determinó que algunos de los mexiquenses que tuvieron ciertas intermitencias con el servicio podrían recibir una condonación.

Condonación del Agua: ¿Quiénes no pagarán en 2025?

De acuerdo con lo aprobado por el Congreso del Estado de México, la condonación de los adeudos por el agua aplicará para personas que hayan tenido servicio intermitente a lo largo del año.

También aplica para las casas que no contaron con el servicio.


Pago del agua en Edomex: Estos serán los descuentos en 2025

Para 2025 los descuentos a quienes hagan sus pagos del agua serán así, según cada mes:

  • Enero: 8 por ciento.
  • Febrero: 6 por ciento.
  • Marzo: 4 por ciento.

“Asimismo, los contribuyentes de estos Derechos, que en los últimos dos años hayan cubierto sus obligaciones fiscales dentro de los plazos establecidos para ese efecto, gozarán de un estímulo adicional por cumplimiento, consistente en una bonificación del 4 por ciento en el mes de enero y del 2 por ciento en el mes de febrero“, señala la ley.

Pago predial 2025: Estos serán los descuentos

En el caso del pago Predial se acordó que no puede subir más del 20 por ciento respecto al monto del año pasado.

Además, también se dará descuento a quienes hagan el pago entre enero y marzo:

  • Enero: 8 por ciento.
  • Febrero: 6 por ciento.
  • Marzo: 4 por ciento.

“Asimismo, los contribuyentes de este impuesto, que en los últimos dos años hayan cubierto sus obligaciones fiscales dentro de los plazos establecidos para ese efecto, gozarán de un estímulo por cumplimiento, consistente en una bonificación del 8 por ciento adicional en el mes de enero, 6 por ciento en el mes de febrero y 2 por ciento en el mes de marzo, pudiendo la autoridad fiscal, otorgar este beneficio con base en los registros que obran en el histórico de pagos electrónicos o mediante la solicitud de los respectivos comprobantes de pago de los dos ejercicios fiscales anteriores”, señala la ley.

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