La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa por 237 millones 876 mil pesos a Praxair México por incumplir de manera reiterada y generalizada los compromisos que asumió para restaurar la competencia en los mercados de oxígeno, nitrógeno y argón líquido industrial distribuidos y comercializados a granel.
“Praxair vulneró tanto el proceso de verificación, como el efecto correctivo de los compromisos que asumió para restaurar la competencia, al aumentar el costo de sus clientes para cambiar de proveedor y, por lo tanto, facilitar su capacidad para retenerlos, lo que induce una exclusividad; además, limita la entrada y expansión de competidores”, denunció la Cofece en un comunicado.
En abril de 2014, la autoridad investigadora inició un procedimiento por una denuncia ante hechos que posiblemente implicaban actos, contratos o convenios de Praxair con el objeto o efecto de desplazar indebidamente a sus competidores o impedir su acceso al mercado.
Tras años de investigación, en mayo de 2018 Praxair solicitó el cierre anticipado del procedimiento seguido en forma de juicio y a cambio, presentó al Pleno de la Comisión diversos compromisos para suprimir la conducta investigada y restituir el proceso de competencia y libre concurrencia.
Praxair México pertenece a Grupo Linde, donde en el 2020 aportó el 2 por ciento de los ingresos que sumaron los 27 mil 243 millones de dólares.
Los mercados en los que se investigaron las probables conductas anticompetitivas fueron los de distribución y comercialización de oxígeno, nitrógeno y argón líquido industrial a granel mediante pipas criogénicas descargados en un contenedor criogénico en el domicilio del cliente, con dimensión geográfica regional.
Esos gases sirven como insumos en la producción de otros bienes y se utilizan en diversas industrias, por ejemplo, la aeroespacial, aeronáutica, automotriz, alimentos, química, petróleo y gas, metalúrgica, farmacéutica y de biotecnología, refinación, tratamiento de aguas o en la soldadura y fabricación de metales.
La Cofece señala que Praxair incumplió las obligaciones de la resolución de compromisos al omitir diversas acciones como incluir en la estipulación a favor de terceros la obligación de modificar las condiciones de renovación automática sin modificar el plazo forzoso inicial de los contratos y convenios.
Además de no modificar dentro del plazo establecido diversos contratos de suministro; y celebrar contratos y convenios modificatorios en los que se omitió limitar el suministro preferente a las instalaciones sobre las que Praxair realizó las inversiones; y no se ajustaron las condiciones de renovación ni las consecuencias por terminación anticipada a lo señalado en la resolución de compromisos.
Por lo anterior, el Pleno declaró el incumplimiento de una parte de los compromisos adquiridos por Praxair y, en consecuencia, le impuso la multa de 237 millones 876 mil pesos.
Además, se otorgó un plazo de 45 días hábiles a partir de la notificación de esta resolución para que compruebe el cumplimiento de todos los compromisos adquiridos.
En caso contrario, se le podrá imponer multas como medida de apremio hasta por el equivalente a mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) por cada día que transcurra sin cumplir lo ordenado.
La Ley otorga al agente económico sancionado el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la Cofece.