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Industria de Radio y Televisión advierte por ‘presión y censura’ tras resolución de la SCJN

La invalidez de las reformas de la Ley de Telecomunicaciones deja en el limbo a los medios, apuntan especialistas.

La Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión se dice preocupada por la libertad de expresión. (Shutterstock)

La Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT), manifestó su preocupación de que el Estado ejerza presión indebida respecto a la información noticiosa, tras la reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de invalidar las reformas de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFRYT).

Con la resolución, se busca devolver al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) las facultades para que sea el encargado de regular los derechos de las audiencias, en lugar de que lo hagan los propios medios de comunicación que tienen una concesión de radio o televisión.

“La resolución abre la posibilidad de que el Estado mexicano, mediante cambios impulsados vía el Congreso de la Unión, ejerza presión indebida a la radio y la televisión respecto de la información noticiosa que transmiten”, advirtió la Cámara en un comunicado.

Agregó que, en caso de ser necesario, la CIRT recurrirá a instancias internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos para garantizar la libertad de expresión en México.

“La CIRT informa que en caso de ser necesario recurrirá a instancias internacionales como la Corte Interamericana de los Derechos Humanos para hacer valer sus profundas preocupaciones sobre las medidas incompatibles con la garantía de la libertad de expresión.”, dijo.

Apuntó que, bajo el pretexto de hacer efectiva una obligación solo a las concesiones de radio y televisión mexicanas estarían obligadas a diferenciar entre información y opinión.


“Las desproporcionadas sanciones por el incumplimiento a esa disposición que desdibuja la libertad de expresión son otro elemento que se convierte en una amenaza injustificada en contra de la labor periodística y de comunicación en nuestro país. La sola amenaza de su imposición inhibe dicha labor y el ejercicio del más elevado derecho para expresarse con plena libertad. Su presencia en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión generará censura previa, una práctica que no debe ocurrir en México a partir del abuso de controles oficiales, conforme lo dispone el artículo 7o de nuestra Constitución, y que es contraria al espíritu y letra de la Convención Americana de los Derechos Humanos”, refirió la CIRT en su comunicado.

Ven vació legal

Por otra parte expertos dijeron que la decisión de la Corte de invalidar las reformas de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y luego aclarar que eso no significaba que entraban en vigor los cambios a la Ley del 2014, se dejó en un vacío legal a las empresas de radio y televisión.

Jorge Bravo, presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI), aseguró que esto implicaría que las empresas de radio y televisión, así como las audiencias, queden huérfanas de derechos.

“La Ley de 2014 es la que debe estar vigente, pues la Corte sólo invalidó las reformas de 2017, las invalidó porque se aprobaron tras un proceso legislativo sin debate; es decir que sólo se quitan las modificaciones de 2017, pero los artículos de origen establecidos en la Ley de 2014 son los que norman los derechos y obligaciones de las empresas y las audiencias”, indicó el presidente de la AMEDI.

Jorge Moreno Loza, abogado especialista en Telecomunicaciones, detalló que con este vacío legal se dejó en el limbo a las empresas de radio y televisión.

“No puede existir un vacío de ley, se debe tener claro que sólo se dejaron sin efecto las modificaciones hechas a la legislación establecida en 2017, por ende, se regresa al régimen anterior puesto que la SCJN no decretó la eliminación de todos los artículos previstos en la Ley de 2014″, puntualizó el analista.

Agregó que, por ahora, lo que queda pendiente es que el Congreso de la Unión afine los procesos para la expedición de nuevas legislaciones a la LFRYT; sin embargo, mientras esto ocurre, las empresas tienen que estar reguladas por la Ley de 2014.

“El Legislativo tendrá que examinar el alcance de la decisión de la SCJN y, por consecuencia, revisar si se necesita la expedición de otro marco normativo o si se quedan con el ya existente de 2014″, añadió Moreno Loza.

Con información de Christopher Calderón

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