Ante los reclamos de las aerolíneas cargueras, el gobierno cedió en sus exigencias y amplió el plazo a un máximo de 108 días para que dichas empresas puedan salir completamente del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) hacia otra terminal.
La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) modificó el artículo quinto transitorio del anteproyecto de decreto del presidente, Andrés Manuel López Obrador, para la suspensión de operaciones cargueras en el AICM, de acuerdo con un documento publicado este miércoles 25 de enero.
Dicho artículo establece que “los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el presente decreto, cuentan con un plazo máximo de 108 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reubicar sus operaciones fuera del AICM”.
El gobierno dio apenas 18 días más a las empresas para completar su migración que, se espera, sea hacia el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA). No obstante, el plazo no coincide con ninguna de las exigencias de las líneas aéreas de carga, que pedían entre 180 días y un año para completar de forma segura y eficiente todas sus operaciones.
El argumento presidencial para mover las operaciones de carga reside en disminuir la saturación presente en el espacio aéreo del Valle de México. No obstante, hace apenas unos meses, el propio Gobierno federal ordenó la reducción del 15 por ciento de las operaciones aéreas en el AICM.
Además, con estos movimientos, la administración de Andrés Manuel López Obrador pretende aumentar el flujo de vuelos que son operados en el AIFA, una terminal que no ha alcanzado las propias metas gubernamentales pese a contar con todo el apoyo del presidente.
Los concesionarios y permisionarios que prestan servicios combinados de pasajeros y de carga quedarán exentos del decreto, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros.