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IFT inicia investigación por posible poder sustancial en telecomunicaciones

Entre los operadores que ofrecen este tipo de servicios, se encuentran América Móvil, Totalplay, Megacable, AT&T, Izzi, entre otros.

En el expediente AI/DC-001-2023 el IFT detalló que la finalidad de la investigación es asegurar la competencia y libre concurrencia en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión. Fotografía. Especial

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó que la Autoridad Investigadora inició un proceso para determinar la probable existencia de agentes económicos con poder sustancial en el mercado de las telecomunicaciones que presten servicios de voz, datos o video, radio y televisión a nivel nacional, estatal y regional.

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el IFT investigará las concentraciones previstas en un plazo no mayor a 90 días naturales, lo que significa que la autoridad correspondiente, que depende del mismo instituto, deberá agotar todos los recursos para concluir con el proceso dentro del periodo establecido.

En el expediente AI/DC-001-2023, el IFT detalló que la investigación debe considerarse de interés social y de orden público, toda vez que la finalidad que persigue es proteger el interés general y el proceso de competencia y libre concurrencia en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

“La medida es necesaria, idónea y proporcional para determinar la existencia de poder sustancial en el mercado de redes de telecomunicaciones que presten servicios de voz, datos o video o en el de radio y televisión según el sector que corresponda”, sostuvo el IFT.

Entre los operadores que ofrecen este tipo de servicios, se encuentran América Móvil, Totalplay, Megacable, AT&T, Izzi, entre otros, ya que la investigación incluye empresas que ofrecen dichos servicios en estados y municipios.

“La presente investigación no prejuzga sobre la existencia de poder sustancial por parte de agente económico alguno”, detalló el organismo regulador de las telecomunicaciones en México.


El IFT aclaró que la investigación se sustentó con apego a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR) y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano. Además, dijo que la habilitación de días inhábiles para realizar las actuaciones y diligencias que la Autoridad Investigadora estime pertinentes, no se limitará a los actos de dicha autoridad, sino a cualquiera que deba realizarse dentro del procedimiento de investigación.

Finalmente, el organismo regulador reveló que se reformaron diversas disposiciones de la LFTyR y de la Ley Federal de Competencia Económica, cambios que corresponden a lineamientos para la sustanciación de las investigaciones, procedimientos y trámites de la Autoridad Investigadora.

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