El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió el acuerdo por el que aprueba y emite los lineamientos mediante los cuales se establecen los Criterios para el Cambio de Frecuencias de Estaciones de Radiodifusión Sonora que operan en la banda de Amplitud Modulada a Frecuencia Modulada.
Con base en la Disposición Técnica IFT-002-2016 "Especificaciones y Requerimientos para la Instalación y Operación de las Estaciones de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada en la Banda de 88 MHz a 108 MHz", el IFT determinó establecer una separación entre frecuencias portadoras adyacentes de 400 kHz como mínimo, siempre y cuando se garantizara su operación conforme a los parámetros establecidos.
Con ello se logró disponer de un mayor número de frecuencias en dicha banda, a partir de lo cual el Instituto llevó a cabo un análisis para identificar la disponibilidad de espectro, al tomar en consideración las disposiciones técnicas aplicables y los acuerdos bilaterales que México tiene celebrados con otros países.
Con base en lo anterior, se identificaron 69 frecuencias disponibles en FM para las localidades que no fueron objeto del cambio de frecuencia conforme al Acuerdo 2008, de las cuales 22 se reservan para operar estaciones de radio de uso comunitario e indígena con el fin de cumplir con el mandato de Ley.
Por lo tanto, para el proceso de cambio de frecuencias se dispone de 47 frecuencias en FM, distribuidas en localidades en los estados de Guanajuato, Jalisco, Estado de México, Baja California, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas, Puebla y Ciudad de México.
Los lineamientos establecen criterios objetivos y transparentes para llevar a cabo la migración de la mayor cantidad de estaciones de AM a FM; además, se señalan el procedimiento y los requisitos que deben de cumplir aquellos concesionarios de radiodifusión de la banda de AM para solicitar el cambio de frecuencia a la banda de FM.
Con la aprobación y emisión de estos Lineamientos el IFT da un paso importante en el mandato de migrar al mayor número posible de estaciones de radiodifusión sonora que operan en la banda de AM a FM, con lo cual se otorga certeza a los participantes en el mercado de la radio, se fortalecen las condiciones de competencia y se garantiza la continuidad en la prestación de los servicios.
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