La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) concluyó preliminarmente que no existen condiciones de competencia efectiva en 31 pares de ruta/producto del Servicio Público de Transporte Ferroviario de Carga para transportar cloro, óxido de etileno, amoniaco anhidro y sosa cáustica, con origen en los complejos industriales ubicados en el sur del estado de Veracruz.
En un comunicado, Cofece refiere que esto es principalmente en el municipio de Coatzacoalcos, y con destinos al sur-centro (48 por ciento de las rutas analizadas), occidente (26 por ciento) y norte (26 por ciento) del país.
Desde Coatzacoalcos, el primer tramo del servicio de transporte ferroviario es operado por Ferrosur, y de ahí puede haber interconexión a un tramo o ruta que está concesionada a otro de los participantes del mercado ferroviario.
Veracruz representa 11.1 por ciento de la producción de la industria química nacional y el 47.9 por ciento de la industria petroquímica mexicana. Asimismo, en este estado se ubican 4 de los 7 complejos petroquímicos de Pemex, 3 de ellos en Coatzacoalcos.
Los productos químicos y petroquímicos para los que preliminarmente no se identificaron condiciones de competencia en su transportación ferroviaria destacan por ser insumos en más de 50 por ciento de los procesos de la industria farmacéutica, fertilizantes, procesamiento de alimentos, limpieza y cuidado personal, automotriz, construcción, entre muchas otras industrias manufactureras.
"De acuerdo con el Dictamen Preliminar, tanto el amoniaco anhidro, como el óxido de etileno, el cloro y la sosa cáustica son sustancias peligrosas que requieren de equipo, procedimientos y cuidados especializados para su manejo y transporte seguro, lo cual hace que su porte y movilización sea más seguro para la población a través de ferrocarriles", dijo Cofece.
La Cofece estimó que Grupo México, con sus filiales Ferrosur y Ferrocarril Mexicano (Ferromex), y Kansas City Southern de México (KCSM) tienen el poder de mercado suficiente para fijar los precios del servicio público de transporte ferroviario de estos productos químicos y petroquímicos en las rutas investigadas, sin que los usuarios tengan posibilidad de negociarlas.
"Esta falta de condiciones de competencia se explica por la exclusividad que tienen para operar en sus vías concesionadas, a que no se han usado derechos de paso por algún otro concesionario para transportar este tipo de carga y a que otros modos de transporte (aéreo, marítimo, terrestre o por ductos) no son una alternativa viable para estos productos en las rutas analizadas", reiteró.
De confirmarse el sentido de este Dictamen Preliminar respecto a la falta de condiciones competencia efectiva en los 31 pares de ruta/producto del Servicio Público de Transporte Ferroviario de Carga, corresponderá a la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario establecer la regulación pertinente, ya sea determinar derechos de paso entre concesionarios o regular las tarifas del servicio para asegurar las condiciones de competencia en los mercados analizados.