El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó su decisión de sancionar con un monto acumulado de 42.3 millones de pesos a empresas filiales de Grupo Televisa y Megacable, debido a que dichas empresas se ponían de acuerdo para dividirse diversos mercados de telecomunicaciones, lo cual constituye una práctica monopólica absoluta.
A través de un comunicado el IFT, dijo que las empresas declaradas como probables responsables fueron Televisa, Cablevisión, TVI y Cablemás, pertenecientes a Grupo Televisa; y Megacable, una empresa del Grupo Megacable.
"La práctica monopólica consistió en un acuerdo entre empresas para dividirse los mercados de producción, distribución y comercialización de servicios de telefonía fija, televisión restringida y acceso a internet a consumidores finales en el Estado de México", comentó el Instituto.
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Multa IFT a Cablevisión y Megacable con 42.3 mdp
Se impone a Cablevisión, filial de Televisa, una multa por 8 millones 733 mil 746 pesos, en tanto que a Megacable se le impone una sanción por 33 millones 576 mil 102 pesos, comunicó el regulador.
A decir del IFT, la decisión se tomó durante una sesión extraordinaria del pleno, que resolvió uno de los expedientes en trámite que recibió de la extinta Comisión Federal de Competencia (CFC).
El IFT resolvió ordenar a Grupo Televisa y Grupo Megacable la supresión de la práctica monopólica acreditada y presentar un mecanismo con plazos que lo garantice, el cual deberá someter a la aprobación del Instituto en un plazo no mayor a 30 días naturales siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución.
De no presentarse dicho mecanismo en los plazos fijados, las empresas serán acreedoras a una multa como medida de apremio y será el IFT quien determine los términos y condiciones que deberán cumplir los concesionarios para suprimir la práctica monopólica sancionada.
Como parte de la resolución, se determinó que la investigación no acumuló información suficiente que permita acreditar la práctica prevista en la fracción I del artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica, consistente en acuerdos con el objeto o el efecto de fijar o manipular el precio de los servicios del mercado investigado, de acuerdo con el comunicado.